Resoluciones Directorales

Desde
Hasta

Diciembre 2025

RESOLUCION DIRECTORAL N° 001171-2025-DGIA-VMPCIC/MC
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación presentado por la Persona Jurídica ASOCIACIÓN GUARANGO CINE Y VIDEO.
RESOLUCION DIRECTORAL N° 001170-2025-DGIA-VMPCIC/MC
ACEPTAR la solicitud presentada, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, de la siguiente persona:
RESOLUCION DIRECTORAL N° 001169-2025-DGIA-VMPCIC/MC
Denegar el reconocimiento como punto de cultura a la organización sin personería jurídica denominada “GALERÍA DE ARTE JOICY BARTRA”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
RESOLUCION DIRECTORAL N° 001168-2025-DGIA-VMPCIC/MC
Reconocer como punto de cultura a la organización sin personería jurídica denominada “COLORIZA”, ubicada en Jirón Maracaibo N° 1893, urbanización Perú, del distrito de San Martín de Porres, de la provincia y del departamento de Lima; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
RESOLUCION DIRECTORAL N° 001167-2025-DGIA-VMPCIC/MC
Reconocer como punto de cultura a la organización sin personería jurídica denominada “AQUISITO NO MÁS”, ubicada en la Av. Fidel Miranda N°.1646, distrito de Sapallanga, provincia de Huancayo, departamento de Junín; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Resolución Directoral N° 000465-2025-DGPA-VMPCIC/MC
Determinar, por el plazo de dos años prorrogable por el mismo plazo, la protección provisional del sitio arqueológico Huaca Blanca Sur-Sector B ubicado en el distrito de San José, provincia y departamento de Lambayeque, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PPROV-018-SDPCICI DDC LAM-MC-2025 WGS84. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 23-2025-LGA-DDC LAM-MC de fecha 17 de noviembre de 2025, así como en los Informes N° 002049-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000249-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-MDR/MC, y N° 000473-2025-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, y el plano perimétrico con código PPROV-018-SDPCICI DDC LAM-MC-2025 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
Resolución Directoral N° 000454-2025-DGPA-VMPCIC/MC
Determinar la protección provisional del sitio arqueológico Chuchos o Chucchus, ubicado en el distrito de Yauyos, provincia de Jauja, departamento de Junín, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código N° PP-051-MC_DGPA/DSFL-2013 WGS 84. Se determina la presente protección provisional por el plazo de dos años, salvo se identifique afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios, en cuyo caso el plazo máximo para la declaración y delimitación definitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el periodo que corresponda, previo sustento. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 007-2025-SDPCICI JUN/WJOB/MC del 10 de noviembre de 2025, así como en los Informes N° 001992-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000254-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-NGC/MC, y N° 000464-2025-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código N° PP-051-MC_DGPA/DSFL-2013 WGS 84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
RESOLUCION DIRECTORAL N° 000261-2025-DGDP-VMPCIC/MC
IMPONER, a la señora Mariela Carmela Albújar Salvatierra, identificada con Documento Nacional de Identidad N°08269376, una sanción de multa ascendente a cero con veinticinco (0.25) Unidades Impositivas Tributarias.
RD Nº000101-2025-DGPC-VMPCIC-MC
DELEGAR en el Director/a de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Tumbes, durante el año 2026, la facultad de resolver los siguientes procedimientos administrativos en su ámbito territorial:
RD N°000100-2025-DGPC-VMPCIC/MC
DELEGAR en el Director/a de las Dirección Desconcentrada de Cultura de Ayacucho, durante el año 2026, la facultad de resolver los siguientes procedimientos administrativos en su ámbito territorial: