Resoluciones Directorales
Agosto 2026
Declárese improcedente la solicitud de calificación como espectáculo público cultural no deportivo al espectáculo denominado “JAIME FERRARO - FRAUDE”, realizada a través del Expediente N.º 113894-2026/MC, al haber concluido con anterioridad a la fecha de emisión del presente acto resolutivo, de conformidad con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Otórguese la calificación como espectáculo público cultural no deportivo al espectáculo de música clásica denominado “SINATRA BY KRAMARENCO”, a realizarse el jueves 17 de setiembre de 2026, a las 7:00 p.m., en las instalaciones del Teatro Municipal de Lima, sito en el Jirón Ica N.º 377, distrito de Lima, provincia y departamento de Lima, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.
INSCRIBIR en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, a las siguientes personas:
INSCRIBIR en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, a la siguiente persona:
Determinar, por el plazo de dos años, prorrogable por el periodo que corresponda previo sustento, la protección provisional del sitio arqueológico Petroglifos de Huaycán, ubicado entre los distritos de Ate y Cieneguilla, provincia y departamento de Lima, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código N° PP-031-MC_DGPA-DSFL-2019 WGS84. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 001-2025-LVC/DCS/DGDP/VMPCIC/MC elaborado por el especialista de la Dirección de Control y Supervisión de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural, así como en los Informes N° 000938-2026-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000074-2026-DSFL-DGPA-VMPCIC-MDR/MC, y N° 000240-2026-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, y el plano perimétrico con código N° PP-031-MC_DGPA-DSFL-2019 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
Determinar la protección provisional del sitio arqueológico Markapunta, ubicado en el distrito y provincia de Huaraz, departamento de Áncash, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código N° PPROV-096-MC_DGPA-DSFL-2026 WGS84. Se determina la presente protección provisional por el plazo de dos años salvo se identifique afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios, en cuyo caso el plazo máximo para la declaración y delimitación definitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el periodo que corresponda previo sustento. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 029-2026-SDPCICI-DDC ANC-CSP/MC de fecha 23 de mayo de 2026, así como en los Informes N° 000921-2026-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000130-2026-DSFL-DGPA-VMPCIC-DRM/MC, y N° 000238-2026-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código N° PPROV-096-MC_DGPA-DSFL-2026 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
Prorrogar el plazo de la determinación de la protección provisional del sitio arqueológico Peralvillo –Sector II, ubicado en el distrito de Santa María, provincia de Huaura, departamento de Lima, por el término de dos años adicional al concedido mediante la Resolución Directoral N° 000131-2024-DGPA-VMPCIC/MC, anexando el Informe técnico N° 000035-2026/DCS-DGDP-VMPCIC-DFA/MC, y los Informes N° 000022-2026-DCS-DGDP-VMPCIC-DFA/MC, N° 000112-2026-DSFL-DGPA-VMPCIC-LTP/MC, y Nº 000237-2026-DGPA-VMPCIC-ARD/MC para conocimiento y fines pertinentes.
Autorizar el ingreso excepcional a la Reserva Territorial Kugapakori, Nahua, Nanti y otros, en la Comunidad Nativa Santa Rosa de Serjali, de una (01) representante del Programa de Alimentación Escolar (PAE) – Unidad Territorial Ucayali.
Reconocer como punto de cultura a la organización sin personería jurídica denominada “ORQUESTA SINFONICA JUVENIL DE TACNA”, ubicada en la Asociación de Viv. Villa Litoral - El Cacique, manzana A, lote 16, del distrito, la provincia y el departamento de Tacna; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Retirar el reconocimiento como punto de cultura a la organización denominada “CIRCOLUZION”, otorgado con Resolución Directoral N.º 143-2020-DGIA/MC de fecha 10 de marzo de 2020.
