Resoluciones Directorales

Desde
Hasta

Diciembre 2025

RD N°000099-2025-DGPC-VMPCIC/MC
DELEGAR en el Director/a de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Tacna, durante el año 2026, la facultad de resolver los siguientes procedimientos administrativos en su ámbito territorial:
RD N°000098-2025-DGPC-VMPCIC/MC
DELEGAR en el Director/a de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Loreto, durante el año 2026, la facultad de resolver los siguientes procedimientos administrativos en su ámbito territorial:
RESOLUCION DIRECTORAL N° 001155-2025-DGIA-VMPCIC/MC

Denegar el reconocimiento como punto de cultura a la organización sin personería jurídica denominada “LA CARPA – ESPACIO CULTURAL”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.

RESOLUCION DIRECTORAL N° 001154-2025-DGIA-VMPCIC/MC

Otórguese la calificación de espectáculo público cultural no deportivo de teatro al espectáculo denominado "LA TRIBU” por realizarse del 15 de febrero al 5 de abril de 2026, en el en el Teatro Claretiano, sito en Avenida de los Precursores N° 125 - 127, distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.

RESOLUCION DIRECTORAL N° 001153-2025-DGIA-VMPCIC/MC

ACEPTAR la solicitud presentada, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, por el representante de la siguiente organización:

RESOLUCION DIRECTORAL N° 001152-2025-DGIA-VMPCIC/MC

ACEPTAR las solicitudes presentadas, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, de las siguientes personas:

Resolución Directoral N° 000461-2025-DGPA-VMPCIC/MC
Determinar la protección provisional del paisaje arqueológico Andenes de Patay, ubicado en el distrito de Palca, provincia de Tarma, departamento de Junín, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código N° PP-05. Se determina la presente protección provisional por el plazo de dos años salvo se identifique afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios, en cuyo caso el plazo máximo para la declaración y delimitación definitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el periodo que corresponda, previo sustento. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 009-2025-SDPCICI JUN/WJOB/MC del 25 de noviembre de 2025, así como en los Informes N° 002047-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000263-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-NGC/MC, y N° 000471-2025-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código N° PP-05, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
Resolución Directoral N° 000460-2025-DGPA-VMPCIC/MC
Determinar la protección provisional del paisaje arqueológico Camino Prehispánico Sección La Esmeralda–Soco, ubicado en el distrito de Locroja, provincia de Churcampa, departamento de Huancavelica, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PPROV-171-MC_DGPA-DSFL-2025 WGS84. Se determina la presente protección provisional por el plazo de dos años salvo se identifique afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios, en cuyo caso el plazo máximo para la declaración y delimitación definitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el periodo que corresponda, previo sustento. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 006-2025-DQA de fecha 01 de octubre del 2025, así como en los Informes N° 002027-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000311-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-LMS/MC, y N° 000470-2025-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código PPROV-171-MC_DGPA-DSFL-2025 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
Resolución Directoral N° 000459-2025-DGPA-VMPCIC/MC
Determinar la protección provisional del sitio arqueológico Auquimarca, ubicado en el distrito de Cosme, provincia de Churcampa, departamento de Huancavelica, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PP-01. Se determina la presente protección provisional por el plazo de dos años, salvo se identifique afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios, en cuyo caso el plazo máximo para la declaración y delimitación definitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el periodo que corresponda, previo sustento. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 011-2025-DQA de fecha 13 de noviembre de 2025, así como en los Informes N° 002037-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000314-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-LMS/MC, y N° 000469-2025-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código PP-01, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
Resolución Directoral N° 000453-2025-DGPA-VMPCIC/MC
Determinar la protección provisional del sitio arqueológico Viñac Sector 1, ubicado en el distrito de Mito, provincia de Concepción, departamento de Junín, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código N° PP-04-MC-2025. Se determina la presente protección provisional por el plazo de dos años, salvo se identifique afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios, en cuyo caso el plazo máximo para la declaración y delimitación definitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el periodo que corresponda, previo sustento. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 006-2025-SDPCICI JUN/WJOB/MC del 05 de noviembre de 2025, así como en los Informes N° 001934-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000246-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-NGC/MC, y N° 000461-2025-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código N° PP-04-MC-2025, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.