Resoluciones Directorales

Desde
Hasta

Diciembre 2025

RESOLUCION DIRECTORAL N° 001149-2025-DGIA-VMPCIC/MC

ACEPTAR la solicitud presentada, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, de la siguiente persona:

RESOLUCION DIRECTORAL N° 001148-2025-DGIA-VMPCIC/MC

Reconocer como punto de cultura a la organización sin personería jurídica denominada “ROCK EN RIMAC”, ubicada en calle Los Molinos 696, urbanización Villacampa, del distrito del Rímac, de la provincia y del departamento de Lima; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.

RESOLUCION DIRECTORAL N° 001147-2025-DGIA-VMPCIC/MC

Denegar el reconocimiento como punto de cultura a la organización sin personería jurídica denominada “CLUB DE LECTURA CAZADORES DE LIBROS”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.

RESOLUCION DIRECTORAL N° 001146-2025-DGIA-VMPCIC/MC

Denegar el reconocimiento como punto de cultura a la organización con personería jurídica denominada “RIMG ARTE SUMAQ”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.

RESOLUCION DIRECTORAL N° 001145-2025-DGIA-VMPCIC/MC

Otórguese el reconocimiento como Asociación Cultural a la asociación denominada “ASOCIACIÓN CULTURAL VOZARTE” con domicilio en calle 2 de mayo N.º 663, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.

Resolución Directoral N° 000457-2025-DGPA-VMPCIC/MC
Determinar la protección provisional del paisaje arqueológico Camino Prehispánico Subtramo Izcuchaca–San Carlos, ubicado en el distrito de Vilca, provincia y departamento de Huancavelica, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico PPROV-169-MC_DGPA-DSFL-2025 WGS84. Se determina la presente protección provisional por el plazo de dos años salvo se identifique afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios, en cuyo caso el plazo máximo para la declaración y delimitación definitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el periodo que corresponda, previo sustento. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 0010-2025-DQA de fecha 13 de octubre del 2025, así como en los Informes N° 001999-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000304-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-LMS/MC, y N° 000467-2025-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, y en el plano perimétrico PPROV-169-MC_DGPA-DSFL-2025 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
Resolución Directoral N° 000455-2025-DGPA-VMPCIC/MC
Determinar la protección provisional del paisaje arqueológico Camino Prehispánico Segmento Tapana–Izcuchaca, ubicado en el distrito de Huando, provincia y departamento de Huancavelica, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico PPROV-168-MC_DGPA-DSFL-2025 WGS84. Se determina la presente protección provisional por el plazo de dos años salvo se identifique afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios, en cuyo caso el plazo máximo para la declaración y delimitación definitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el periodo que corresponda, previo sustento. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 0008-2025-DQA de fecha 07 de octubre del 2025, así como en los Informes N° 001997-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000303-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-LMS/MC, y N° 000465-2025-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, y en el plano perimétrico PPROV-168-MC_DGPA-DSFL-2025 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
Resolución Directoral N° 000448-2025-DGPA-VMPCIC/MC
Determinar la protección provisional del sitio arqueológico Shichiacoto, ubicado en el distrito de El Tambo, provincia de Huancayo, departamento de Junín, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código N° PPROV-154-MC_DGPA-DSFL-2025 WGS84. Se determina la presente protección provisional por el plazo de dos años, salvo se identifique afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios, en cuyo caso el plazo máximo para la declaración y delimitación definitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el periodo que corresponda, previo sustento. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 001-2025-SDPCICI JUN/WJOB/MC del 29 de septiembre de 2025, así como en los Informes N° 001770-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000227-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-NGC/MC, y N° 000431-2025-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código N° PPROV-154-MC_DGPA-DSFL-2025 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
RESOLUCION DIRECTORAL N° 000259-2025-DGDP-VMPCIC/MC

SANCIONAR a la Sra. Jennifer Paola Cardenas Mamani, identificada con DNI N.º 44690908, con una multa equivalente a 0.75 Unidades Impositivas Tributarias, por ser responsable de la alteración no autorizada de la Zona Monumental de Arequipa y Ambiente Urbano Monumental del Barrio de San Lázaro, ubicado en el callejón Bayoneta N.º 106 (también denominado Pasaje Bayoneta) del distrito, provincia y departamento de Arequipa.

RD N°00093-2025-DGPC-VMPCIC/MC
DELEGAR en el Director/a de la Dirección Desconcentrada de Cultura del Callao, durante el año 2026, la facultad de resolver los siguientes procedimientos administrativos en su ámbito territorial: