Resoluciones Directorales
Febrero 2026
Denegar el reconocimiento como punto de cultura a la organización sin personería jurídica denominada “COMPAÑÍA PROYECTO MARIPOSA”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Prorrogar el plazo de la determinación de la protección provisional del paisaje arqueológico Camino Prehispánico De Chipa, ubicado en el distrito de Ninacaca, provincia y departamento de Pasco, por el término de dos años adicional al concedido mediante la Resolución Directoral N° 000021-2024-DGPA-VMPCIC/MC, anexando el Memorando N° 000070-2026-DDC PAS/MC, y los Informes N° 000135-2026-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000033-2026-DSFL-DGPA-VMPCIC-LMS/MC, y Nº 000036-2026-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, para conocimiento y fines.
Determinar, por el plazo de dos años prorrogable por el periodo que corresponda previo sustento, la protección provisional del paisaje arqueológico Petroglifos de Yunguilla, ubicado en el distrito de Huacachi, provincia de Huari, departamento de Áncash, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código N° PPROV-005-MC_DGPA-DSFL-2026 WGS84. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 002-2025-ADPC-SDPCICI-DDC ANCASH-CSP/MC de fecha 21 de octubre de 2025, así como en los Informes N° 000085-2026-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000016-2026-DSFL-DGPA-VMPCIC-DRM/MC, y N° 000035-2026-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, y el plano perimétrico con código N° PPROV-005-MC_DGPA-DSFL-2026 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
Determinar, por el plazo de dos años prorrogable por el mismo periodo previo sustento, la protección provisional del sitio arqueológico Cerro Prieto, ubicado en el distrito de Salas, provincia y departamento de Ica, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PP-086-MC-DGPA-DSFL-2016 WGS84. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 002-2026-ADPC-SDPCICI-DDC ICA-AHC/MC de fecha 13 de enero de 2026, así como en los Informes N° 000079-2026-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000021-2026-DSFL-DGPA-VMPCIC-LMS/MC, y N° 000034-2026-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, y el plano perimétrico con código PP-086-MC-DGPA-DSFL-2016 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
ARCHIVAR el procedimiento administrativo sancionador instaurado contra la Sociedad de Beneficencia de Lima Metropolitana, por no haberse configurado la infracción imputada en la Resolución Directoral N.º 000051-2025-DCS-DGDP-VMPCIC/MC del 23 de mayo de 2025, de acuerdo a las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Otórguese la calificación de espectáculo público cultural no deportivo al espectáculo de teatro denominado “Andina”, por realizarse los días 5, 6, 7 y 8 de febrero de 2026, en el Teatro Julieta, Miraflores sito en Pasaje Porta N.º 132, del distrito de Miraflores del departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
IMPONER la sanción administrativa de multa de 0.375 UIT a la empresa COVEMINE SCRL con RUC N°20494488303.
IMPONER la sanción administrativa de multa de 0.6 UIT al señor Ismael Roberto Elías Aymar, identificado con DNI N°22065031
DELEGAR en el Director/a de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Junín, durante el año 2026, la facultad de resolver los siguientes procedimientos administrativos en su ámbito territorial
Artículo 1.- Designar temporalmente a la señora MARÍA GUADALUPE QUIROGA LINARES, las funciones del puesto de Director/a de Programa Sectorial II de la Sub Dirección Desconcentrada de Patrimonio Cultural y Defensa del Patrimonio Cultural de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco, a partir de la emisión del presente acto y hasta el 03 de febrero de 2026, en adición a sus funciones; por las razones expuestas en los considerandos de la presente resolución.
Artículo 1.- Designar temporalmente al señor PAUL MATOS LAGOS, personal bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicios, las funciones del puesto de Director/a de Programa Sectorial II de la Sub Dirección Desconcentrada de Patrimonio Cultural, Industrias Culturales e Interculturalidad de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Junín, por el periodo del 02 al 12 de febrero de 2026, en adición a sus funciones; por las razones expuestas en los considerandos de la presente resolución.
