Resoluciones del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales
Mayo 2025
Declarar FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la empresa Carma Asociados S.A.C., en consecuencia, nula la Resolución Directoral N° 000267-2024-DDC TAC/MC, debiendo retrotraerse el procedimiento administrativo al momento de la evaluación de la solicitud presentada, por las razones expuestas en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE por extemporáneo el recurso de apelación
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el Procurador Público de la Municipalidad Distrital de Pachacamac contra la Resolución Directoral N° 000091-2025-DGPA-VMPCIC/MC, de conformidad con las consideraciones expuestas en la presente resolución
Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a ochocientos quince bienes culturales muebles, agrupados en cuatrocientas setenta fichas de registro, pertenecientes a la Municipalidad Provincial de Huaylas, que se describen en el anexo de esta resolución.
Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a ochocientos quince bienes culturales muebles, agrupados en cuatrocientas setenta fichas de registro, pertenecientes a la Municipalidad Provincial de Huaylas, que se describen en el anexo de esta resolución.
Autorizar la exportación de catorce muestras arqueológicas para realizar análisis científico de carácter destructivo según se describe en el anexo que forma parte de esta resolución
Autorizar la exportación de catorce muestras arqueológicas para realizar análisis científico de carácter destructivo según se describe en el anexo que forma parte de esta resolución
Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al bien cultural mueble denominado “Virgen Inmaculada Concepción”, de propiedad de la señora Virginia Marion Astrid Atala Vivanco que se describe en el anexo de esta resolución.
Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al bien cultural mueble denominado “Virgen Inmaculada Concepción”, de propiedad de la señora Virginia Marion Astrid Atala Vivanco que se describe en el anexo de esta resolución.