Resoluciones del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales

Mayo 2025

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RVM N° 126--2025-VMPCIC/MC - FICHA INFORMACION BASICA

DECLARAR monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación a la “Iglesia Santísima Trinidad de Carmen Salcedo de Andamarca”, ubicada en la Mz 25 Lote 7 Sector Barrio Tuna del Cetro Poblado Andamarca, distrito de Carmen Salcedo, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho, inscrito en la Partida N° P11089068 de la Oficina Registral de Nasca

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RVM N° 125-2025-VMPCIC/MC

Declarar IMPROCEDENTE el recurso de apelación

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RVM N° 124-2025-VMPCIC/MC - EXPEDIENTE

Calificar al bien inmueble prehispánico Canto Chico como Sitio Arqueológico “Canto Chico”, en consecuencia, toda referencia a la categorización del bien inmueble prehispánico “Canto Chico” en la Resolución Directoral Nacional N° 831/INC de fecha 15 de agosto de 2001, en la Resolución Jefatural N° 681 de fecha 22 de abril de 1991 y en la Resolución Directoral Nacional N° 233/INC de fecha 27 de marzo del 2002 debe entenderse como sitio arqueológico.

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RVM N° 124-2025-VMPCIC/MC

Calificar al bien inmueble prehispánico Canto Chico como Sitio Arqueológico “Canto Chico”, en consecuencia, toda referencia a la categorización del bien inmueble prehispánico “Canto Chico” en la Resolución Directoral Nacional N° 831/INC de fecha 15 de agosto de 2001, en la Resolución Jefatural N° 681 de fecha 22 de abril de 1991 y en la Resolución Directoral Nacional N° 233/INC de fecha 27 de marzo del 2002 debe entenderse como sitio arqueológico.

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RVM N° 123-2025-VMPCIC/MC

Declarar INFUNDADO el recurso de apelación

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RVM N° 122-2025-VMPCIC/MC

Declarar NULA la Resolución Directoral N° 000026-2025-DGDP-VMPCIC/MC y retrotraer el procedimiento sancionador a efecto que la autoridad de primera instancia vuelva a pronunciarse.

22
RVM N° 121-2025-VMPCIC/MC

Declarar INFUNDADO el recurso de apelación presentado contra la Resolución Directoral N° 000208-2024-DGDP-VMPCIC/MC.

22
RM N° 120-2025-MC

Declarar FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la empresa Carma Asociados S.A.C., en consecuencia, nula la Resolución Directoral N° 000267-2024-DDC TAC/MC, debiendo retrotraerse el procedimiento administrativo al momento de la evaluación de la solicitud presentada, por las razones expuestas en la presente resolución.

20
RVM N° 120-2025-VMPCIC/MC

Declarar IMPROCEDENTE por extemporáneo el recurso de apelación

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RVM N° 119-2025-VMPCIC/MC

Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el Procurador Público de la Municipalidad Distrital de Pachacamac contra la Resolución Directoral N° 000091-2025-DGPA-VMPCIC/MC, de conformidad con las consideraciones expuestas en la presente resolución

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