Resoluciones Directorales
Marzo 2021
Otórguese la calificación de espectáculo público cultural no
deportivo, al espectáculo de teatro denominado “Festival de Artes Escénicas de Lima”,
a realizarse del 05 al 13 de marzo del 2021, vía plataforma Joinnus Live, por las
razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución, con la
programación que se detalla a continuación:
Apruébese el Formulario del Informe Anual de Gestión para los Puntos de Cultura, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente resolución.
INICIAR de oficio el procedimiento de declaración como Zona Monumental integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, de la “Zona Monumental de Acos” ubicada en el Centro Poblado de Acos, distrito de Acos, provincia de Acomayo, departamento de Cusco; al haberse constatado la existencia de valores culturales que ubican al inmueble en mención dentro del ámbito de protección dispuesto en el artículo 21° de la Constitución Política del Perú, así como en el Artículo III del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación
DECLARAR infundado el recurso de reconsideración interpuesto por la Sra. JIMENA CRISTEL OLIVA MEJIA, a través de su Apoderada María Amalia Mejia Soler, contra la Resolución Directoral N° 000058-2021-DGDP/MC de fecha 19 de febrero de 2021, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución y, en consecuencia, CONFIRMAR la sanción administrativa impuesta correspondiente a una multa de 24.375 UIT y la ejecución de las medidas correctivas dispuestas, al haberse acreditado su responsabilidad en la ALTERACIÓN grave del Ambiente Urbano Monumental de la Laguna de Huacachina, no autorizada por el Ministerio de Cultura.
Determinar la protección provisional, por el plazo de dos años prorrogable por el mismo plazo, del sitio arqueológico “Huaca Lafora”, ubicado en el distrito de Pomalca, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PPROV-007-MC_DGPA-DSFL-2021 WGS84. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección Nº 12-2020-COM-DDC LAMBAYEQUE-MC de fecha 13 de noviembre de 2020, así como en los Informes N° 000134-2021/DSFL/MC, Nº 000036-2021-DSFL-MDR/MC, y N° 000053-2021-DGPA-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código PPROV-007-MC_DGPA-DSFL-2021 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
INICIAR de oficio el procedimiento de declaración y delimitación como Monumento integrante del patrimonio cultural de la Nación, de las “Estructuras murarías del Templo Santiago Apóstol de Totora, plaza y torre exenta”, ubicadas en el Centro Poblado Totora, distrito de Livitaca, provincia de Chumbivilcas, departamento de Cusco, al haberse constatado la existencia de valores culturales que ubican al inmueble en mención dentro del ámbito de protección dispuesto en el artículo 21° de la Constitución Política del Perú, así como en el Artículo III del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación.
Febrero 2021
Emitir la autorización sectorial del proyecto para la instalación de un suministro eléctrico, en vía pública, para el inmueble ubicado en la Av. Guzmán Blanco N° 227, Dpto. N° 401, del distrito, provincia y departamento de Lima, conformante de la Zona Monumental de Lima, presentado por la señora Elva Elisabeth Gallardo Escalante, con expediente N° 2021-0070377, de acuerdo con lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.
- Imponer sanción administrativa de 4.25 UIT contra la
Institución Religiosa Provincia Franciscana de los XII Apóstoles del Perú, por
haber ejecutado obras privadas, no autorizadas por el Ministerio de Cultura, en
el inmueble ubicado en Jr. Amazonas N° 170, que forma parte del Convento de
San Francisco de Asís, distrito, provincia y departamento de Lima, alterando la
Zona Monumental de Lima, tipificándose con ello la infracción prevista en el
literal f), numeral 49.1° del Art. 49° de la Ley Nº 28296 - Ley General del
Patrimonio Cultural de la Nación, estableciéndose que el plazo para cancelar la
multa impuesta no podrá exceder de 15 días hábiles, a través del Banco de la
Nación1 o la Oficina de Tesorería de este Ministerio.
IMPONER una sanción administrativa de multa de 12.5 UIT contra el GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN, identificada con RUC N° 20486021692, por ser responsable de la infracción prevista en el literal e) del numeral 49.1 del Art. 49 de la Ley N° 28296-Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, consistente en la alteración (leve) de la Zona Monumental de Huancayo y del Ambiente Urbano Monumental de la Plaza Huamanmarca, sin autorización del Ministerio de Cultura; al haber ejecutado trabajos de mantenimiento (pintado de ladrillo caravista, columnas y parapeto de remate) en la fachada de su sede institucional (Jr. Loreto cuadra 3, esquina calle Real cuadra 7, Centro Cívico de Huancayo); infracción que le fue imputada mediante la Resolución Subdirectoral N° D000002-2019-SDDPCICI/MC de fecha 13 de diciembre de 2019.
Determinar la protección provisional, por el plazo de dos años prorrogable por el mismo plazo, del sitio arqueológico El Marqués, ubicado en el distrito de Jayanca, provincia y departamento de Lambayeque, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PPROV-008-MC_DGPA-DSFL-2021 WGS84.Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección Nº 001-2021-LMGA-DDC LAMBAYEQUE-MC de fecha 26 de enero de 2021, así como en los Informes N° 000136-2021/DSFL/MC, Nº 000038-2021-DSFL-MDR/MC, y Nº 000051-2021-DGPA-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código PPROV-008-MC_DGPA-DSFL-2021 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.