Resoluciones Directorales
Marzo 2021
IMPONER una sanción administrativa de multa ascendente a 5.625 UIT contra la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TACNA, identificada con RUC. N° 20147797100, por haberse acreditado su responsabilidad en la infracción prevista en el literal b) del numeral 49.1 del artículo 49° de la Ley N° 28296 – Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, consistente en haber ocasionado, por su actuar negligente, un daño grave al Ambiente Urbano Monumental ubicado en la Alameda Bolognesi, entre A. Ugarte y Arica, espacio público conocido como “Plaza Colón”, afectación que le fue imputada en la Resolución Subdirectoral N° 000020-2019-SDDPCICI-DDC TAC/MC de fecha 16 de diciembre de 2019.
Otórguese la calificación de espectáculo público cultural no
deportivo, al espectáculo de teatro denominado “Cuentos de la familia Esperanza”, a
realizarse los días 27 y 28 de marzo del 2021, a través de la plataforma virtual
www.ccpucpencasa.com, por las razones expuestas en la parte considerativa de la
presente Resolución.
Declarar fundado en parte el recurso de reconsideración interpuesto por la administrada, Fugaz Arte de Convivir S.A.C, contra la Resolución Directoral Nº 000002-2021-DGDP/MC, del 05 de enero de 2021, respecto al supuesto de reincidencia considerado en dicha resolución, en consecuencia modificar el monto de la sanción administrativa de multa conforme lo antes indicado y declarar infundado el recurso de reconsideración en sus demás extremos.
Otórguese el reconocimiento como Asociación Cultural a la
asociación denominada “Asociación de Oficiales Submarinistas del Perú”, con sede
en Av. La Floresta N° 751 – 755 Urb. Pancho Fierro, distrito de Santiago de Surco,
provincia y departamento de Lima por las razones expuestas en la parte considerativa
de la presente Resolución.
Otórguese la calificación de espectáculo público cultural no
deportivo, al espectáculo de teatro denominado “Festival de Artes Escénicas de Lima”,
a realizarse del 05 al 13 de marzo del 2021, vía plataforma Joinnus Live, por las
razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución, con la
programación que se detalla a continuación:
Apruébese el Formulario del Informe Anual de Gestión para los Puntos de Cultura, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente resolución.
INICIAR de oficio el procedimiento de declaración como Zona Monumental integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, de la “Zona Monumental de Acos” ubicada en el Centro Poblado de Acos, distrito de Acos, provincia de Acomayo, departamento de Cusco; al haberse constatado la existencia de valores culturales que ubican al inmueble en mención dentro del ámbito de protección dispuesto en el artículo 21° de la Constitución Política del Perú, así como en el Artículo III del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación
DECLARAR infundado el recurso de reconsideración interpuesto por la Sra. JIMENA CRISTEL OLIVA MEJIA, a través de su Apoderada María Amalia Mejia Soler, contra la Resolución Directoral N° 000058-2021-DGDP/MC de fecha 19 de febrero de 2021, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución y, en consecuencia, CONFIRMAR la sanción administrativa impuesta correspondiente a una multa de 24.375 UIT y la ejecución de las medidas correctivas dispuestas, al haberse acreditado su responsabilidad en la ALTERACIÓN grave del Ambiente Urbano Monumental de la Laguna de Huacachina, no autorizada por el Ministerio de Cultura.
Determinar la protección provisional, por el plazo de dos años prorrogable por el mismo plazo, del sitio arqueológico “Huaca Lafora”, ubicado en el distrito de Pomalca, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PPROV-007-MC_DGPA-DSFL-2021 WGS84. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección Nº 12-2020-COM-DDC LAMBAYEQUE-MC de fecha 13 de noviembre de 2020, así como en los Informes N° 000134-2021/DSFL/MC, Nº 000036-2021-DSFL-MDR/MC, y N° 000053-2021-DGPA-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código PPROV-007-MC_DGPA-DSFL-2021 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
INICIAR de oficio el procedimiento de declaración y delimitación como Monumento integrante del patrimonio cultural de la Nación, de las “Estructuras murarías del Templo Santiago Apóstol de Totora, plaza y torre exenta”, ubicadas en el Centro Poblado Totora, distrito de Livitaca, provincia de Chumbivilcas, departamento de Cusco, al haberse constatado la existencia de valores culturales que ubican al inmueble en mención dentro del ámbito de protección dispuesto en el artículo 21° de la Constitución Política del Perú, así como en el Artículo III del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación.