Resoluciones Directorales
Marzo 2021
RECTIFICAR el artículo 1° de la parte resolutiva de la Resolución Directoral N° 000100-2020-DPHI/MC, de fecha 09 de diciembre del 2020, en relación a la actividad “para el uso de edición de libros, folletos y otras publicaciones”, debiendo ser lo correcto “para el uso de edición y ventas al por menor de libros, folletos y artículos de papelería”; el artículo 1° quedara redactado con el texto siguiente:
ARTÍCULO 2°.- EMITIR la autorización sectorial requerida para el otorgamiento de licencia de funcionamiento para el uso de edición y ventas al por menor de libros, folletos y artículos de papelería; en el establecimiento ubicado en jirón Puno Nº 406, interior 203 y 205, distrito, provincia y departamento de Lima; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
IMPONER una sanción administrativa de multa ascendente a 5.625 UIT contra la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TACNA, identificada con RUC N° 20147797100, por haberse acreditado su responsabilidad en la infracción prevista en el literal f) del numeral 49.1 del artículo 49° de la Ley N° 28296 – Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, consistente en haber ejecutado una intervención u obra de mantenimiento, no autorizada por el Ministerio de Cultura, en el Monumento ubicado en la Plazuela Roberto Mac Lean y calle Dos de Mayo N° 579-687-705 (Teatro Municipal), distrito, provincia y departamento de Tacna, intervención que ocasionó la alteración grave de dicho bien cultural; hechos que fueron imputados en la Resolución Subdirectoral N° 000021-2019-SDDPCICI-DDC TAC/MC de fecha 23 de diciembre de 2019.
Declarar la caducidad del procedimiento administrativo sancionador iniciado mediante Resolución Subdirectoral N° 046-2019-SDDPCICI-DDC-LIB/MC, seguido contra Erlita Faviola Plasencia Mostacero, quien presuntamente a incumplido con la autorización del Ministerio de Cultura, al realizar trabajos de construcción que sobrepasa la altura permitida, edificación de cuatro (4) pisos con azotea, en cuya parte posterior se observa una construcción techada (modulo) que soporta el tanque elevado, así como la instalación de una puerta corrediza metálica en la fachada del primer nivel; lo cual ha significado la alteración grave del Ambiente Urbano Monumental de Trujillo del Jr. Gamarra entre Jr. San Martín y Zona Monumental de Trujillo.
Imponer sanción administrativa de multa de 7 UIT contra el Señor Juan Pablo Castillo Tantaquispe identificado con DNI N° 18004093, por ser el responsable de la alteración leve a la Zona Arqueológico Huaca de los Reyes – Complejo Arqueológico Caballo Muerto, sin autorización del Ministerio de Cultura; por la nivelación y remoción del terreno arqueológico para habilitación agrícola del suelo arqueológico en una dimensión aproximada de 6000 m2.
Declarar la caducidad y, en consecuencia, el archivo del Procedimiento Administrativo Sancionador instaurado mediante la Resolución Subdirectoral N° 058-2019-SDDPCICI-DDC-LIB/MC de fecha 25 de noviembre del 2019, contra la Inmobiliaria Aneljo S.A en la persona de su representante legal, señor Jorge Luis Velezmoro castro y contra la empresa COAM Contratistas S.A.C en la persona de su representante legal, señor José Abelardo Cerna Salazar; sin perjuicio de que el órgano instructor evalúe la apertura de un nuevo procedimiento administrativo sancionador, en caso corresponda.
Dejar sin efecto la Resolución Directoral N° 052-2020-
DGDP-VMPCIC/MC de fecha 13 de marzo de 2020, por las razones expuestas en la
parte considerativa de la presente Resolución.
Declarar la caducidad y, en consecuencia, el archivo
del Procedimiento Administrativo Sancionador instaurado mediante la Resolución
Directoral N° 000007-2019-SDDPCICI-DDC TACNA/MC de fecha 18 de julio del 2019,
contra la Asociación Granjas Agropecuarias Hijos de Caramolle – La Yarada; sin
perjuicio de que el órgano instructor evalúe la apertura de un nuevo procedimiento
administrativo sancionador, en caso corresponda.
IMPONER una sanción administrativa de multa ascendente a
0.75 UIT contra el administrado FAVIO OSWALD BRAVO CAMPOS, identificado con
DNI N° 10333915, por haber alterado, de forma leve, sin autorización del Ministerio de
Cultura, un área, aproximada, de 60 m2 de la Zona Arqueológica Monumental
Armatambo-Morro Solar (Parcela A) ubicada en el distrito de Chorrillos, provincia y
departamento de Lima; afectación ocasionada por el asentamiento de una estructura
precaria al interior de su área intangible, de forma rectangular, compuesta por
planchas de triplay y madera; infracción prevista en el literal e) del numeral 49.1 del
Art. 49° de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación,
imputada en la Resolución Subdirectoral N° D000084-2019-DCS/MC de fecha 23 de
diciembre de 2019. Se establece que el plazo para cancelar la multa impuesta no
podrá exceder de quince (15) días hábiles, a través del Banco de la Nación4 o la
Oficina de Tesorería de este Ministerio
APROBAR la propuesta de anuncio exterior en el inmueble ubicado en Jr. Batalla de Junín N° 436, en el distrito de Barranco, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Aprobar la primera modificación del Plan Anual de Contrataciones (PAC) de la Unidad Ejecutora 001: Administración General del Pliego 003: Ministerio de Cultura, correspondiente al Año Fiscal 2021, a fin de incluir una (01) contratación, la misma que se encuentra contenida en el Anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolución.
IMPONER una sanción administrativa de multa ascendente a
0.75 UIT contra la administrada JUANA PAULINA LAYNES ASCENCIO,
identificada con DNI N° 80277632, por haber alterado, de forma leve, sin
autorización del Ministerio de Cultura, un área, aproximada, de 20 m2 de la Zona
Arqueológica Monumental Armatambo-Morro Solar (Parcela A) ubicada en el
distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lim