Resoluciones Directorales
Marzo 2025
Determinar la protección provisional de la Zona Arqueológica Monumental Puquiopata, ubicado en el distrito de Andabamba, provincia de Acobamba, departamento de Huancavelica, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código GI-01. Se determina la presente protección provisional por el plazo de dos años prorrogable por el mismo periodo, salvo se identifique afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios, en cuyo caso el plazo máximo para la declaración y delimitación definitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el mismo periodo. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 01-2025-JCSM de fecha 13 de febrero de 2024, así como en los Informes N° 000269-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000041-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-LMS/MC, y N° 000101-2025-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código GI-01, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
Determinar, por el plazo de dos años prorrogable por el mismo plazo, la protección provisional del sitio arqueológico Huaca Gallinazo, ubicado en el distrito de Chincha Baja, provincia de Chincha, departamento de Ica, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PP-092-MC-DGPA-DSFL-2016 WGS84. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 004-2025-ADPC-SDPCICI-DDC ICA/MC de fecha 07 de febrero de 2025, así como en los Informes N° 000287-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000048-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-LMS/MC, y N° 000102-2025-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, y el plano perimétrico con código PP-092-MC-DGPA-DSFL-2016 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
SANCIONAR a los Sres. José Fermin Muñoz Urbano, identificado con DNI N° 77046882 y Yuly Moya Mariño, identificada con DNI N° 76861409, con una DEMOLICIÓN de la obra privada, que no contó con autorización del Ministerio de Cultura y que ejecutaron en el S.A Chancayllo (Sector B), ubicado en el distrito de Chancay, provincia de Huaral, departamento de Lima.
SANCIONAR a la Prelatura de Juli con una multa de 1.5 Unidades Impositivas Tributarias, por haber incurrido en la infracción prevista en el literal f) del numeral 49.1 del artículo 49° de la Ley 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación38, de acuerdo a los argumentos expuestos en la presente
resolución.
Resolución Directoral que aprueba las Bases para la Convocatoria del “5° Concurso de Afiches por el Día Internacional de los Museos” para el año 2025. Incluye las Bases aprobadas.
Determinar, por el plazo de dos años prorrogable por el mismo plazo, la protección provisional del sitio arqueológico Cerro Pantayco, ubicado en el distrito de Humay, provincia de Pisco departamento de Ica, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PPROV-036-MC_DGPA-DSFL-2025 WGS84. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 043-2024-SDPCICI-MATG-DDC ICA/MC de fecha 04 de febrero de 2025, así como en los Informes N° 000263-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000025-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-MMP/MC, y N° 000099-2025-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, y el plano perimétrico con código PPROV-036-MC_DGPA-DSFL-2025 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
Determinar, por el plazo de dos años prorrogable por el mismo plazo, debidamente sustentado, la protección provisional del sitio arqueológico Sayán 1, ubicado en el distrito de Sayán, provincia de Huaura, departamento de Lima, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código N° PPROV-099-MC_DGPA-DSFL-2024 WGS84. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 015-2024-LAMS/DCS/DGDP/VMPCIC/MC, suscrito por el Lic. Luis Angel Moulet Silva de la Dirección de Control y Supervisión perteneciente a la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural, así como en los Informes N° 0001384-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000240-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-LMS/MC, y N° 00076-2025-DGPA-VMPCIC-KDP/MC, y el plano perimétrico con código N° PPROV-099-MC_DGPA-DSFL-2024 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
Otorgar a la Dirección de Gestión, Registro y Catalogación de Bienes Culturales Muebles, la prórroga solicitada prevista en el inciso 100.1 del artículo 100 del Decreto Supremo N° 007-2017-MC, modificado por el Decreto Supremo 002-2021-MC.
Declarar IMPROCEDENTE el recurso de reconsideración interpuesto por la administrada Paola Rosmery Reyna Belleza, apoderada de los propietarios Manoj Punjabi, Sociedad conyugal conformada por Lidia Haydee Solis Guerra y Víctor Rodríguez Pariona, Wayki en Golosinas S.A.C. representante legal Raymar Rojas Sulca y Distribuidora y Comercializadora Fernando y Hna. E.I.R.L, con representante legal Cesar Augusto Malásquez Chilquillo, contra el Oficio N° 000112- 2024-DPHI-DGPC-VMPCIC/MC, de fecha 16 de enero de 2024, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución
Denegar el reconocimiento como punto de cultura a la organización sin personería jurídica denominada “TALLER DE ARTE Y ARTESANIA HUAYRURITOS”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.