Resoluciones Directorales
Mayo 2025
Otórguese la calificación de espectáculo público cultural no deportivo, al espectáculo de música clásica denominado “TEMPORADA DE ABONO 2025 - DOMENICO CODISPOTI” con eficacia anticipada al 6 de mayo de 2025, que se realizó en la Capilla Santa Úrsula, sito en Avenida Nicolás de Ribera N° 132, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Otórguese la calificación de espectáculo público cultural no deportivo, al espectáculo de teatro denominado “ÉLEO, UNIPERSONAL DE IMPRO TESTIMONIAL” a desarrollarse el 23, 24 y 25 de mayo de 2025, en la Sala Quilla, sito en Avenida Francisco Bolognesi 397, distrito de Barranco, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Otórguese la calificación de espectáculo público cultural no deportivo, al espectáculo de teatro denominado “CUENTOS DE AMOR Y DESAMOR” a desarrollarse los días 28 y 29 de junio de 2025, en el Nuevo Teatro Julieta, sito en Pasaje Porta 132, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Otórguese la calificación de espectáculo público cultural no deportivo, al espectáculo de música clásica denominado “TEMPORADA DE ABONO 2025 - LARA ST JOHN/ OSJSPP” a desarrollarse el día 15 de agosto de 2025, en el Teatro NOS, sito en avenida Camino Real N° 1037, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Otórguese la calificación de espectáculo público cultural no deportivo, al espectáculo de música clásica denominado “TEMPORADA DE ABONO 2025 - CUARTETO ALLEGRO” a desarrollarse el día 18 de setiembre de 2025, en la Capilla Santa Úrsula, sito en Avenida Nicolás de Ribera N° 132, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Otórguese la calificación de espectáculo público cultural no deportivo, al espectáculo de música clásica denominado “TEMPORADA DE ABONO 2025 - ORAZIO SCIORTINO/ DOMENICO NORDIO” a desarrollarse el día 10 de junio de 2025, en el Teatro NOS, sito en avenida Camino Real N° 1037, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Otórguese la calificación de espectáculo público cultural no deportivo, al espectáculo de música clásica denominado “TEMPORADA DE ABONO 2025 - SIVAN & GIL” a desarrollarse el día 8 de julio de 2025, en la Capilla Santa Úrsula, sito en Avenida Nicolás de Ribera N° 132, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Otórguese la calificación de espectáculo público cultural no deportivo, al espectáculo de música clásica denominado “TEMPORADA DE ABONO 2025 - CUARTETO CASALS” a desarrollarse el día 15 de mayo de 2025, en la Capilla Santa Úrsula, sito en Avenida Nicolás de Ribera N° 132, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Otórguese la calificación de espectáculo público cultural no deportivo, al espectáculo de música clásica denominado “TEMPORADA DE ABONO 2025 - CHRISTIAN LEOTTA & OSJSSP” a desarrollarse el día 20 de junio de 2025, en el Teatro NOS, sito en avenida Camino Real N° 1037, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Otórguese la calificación de espectáculo público cultural no deportivo, al espectáculo de música clásica denominado “TEMPORADA DE ABONO 2025 - ORQUESTA SINFÓNICA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE MÚSICA DEL PERÚ” a desarrollarse el día 17 de noviembre de 2025, en el Teatro NOS, sito en avenida Camino Real N° 1037, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.