Resoluciones Directorales
Julio 2025
Otórguese la calificación de espectáculo público cultural no deportivo de teatro al espectáculo denominado “EL PORTAL MÁGICO”, por realizarse del 19 de julio al 31 de agosto de 2025 en Jockey Plaza, sito en Avenida Javier Prado Este N.º 4200, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Determinar, por el plazo de dos años prorrogable por el mismo periodo, previo sustento, la protección provisional del sitio arqueológico Cahuamarca ubicado en el distrito de Atiquipa de la provincia de Caravelí, departamento de Arequipa, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código N° PPROV-104-MC_DGPA-DSFL-2025 WGS84. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 002-2025-JBP de fecha 23 de mayo de 2025, así como en los Informes N° 001022-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000132-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-HAH/MC, y N° 000264-2025-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, y el plano perimétrico con código N° PPROV-104-MC_DGPA-DSFL-2025 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
Prorrogar el plazo de la determinación de la protección provisional del sitio arqueológico Minay, ubicado en el distrito de Calango, provincia de Cañete, departamento de Lima, por el término de dos años adicionales al concedido mediante la Resolución Directoral N° 000126-2023-DGPA/MC, anexando el Memorando N° 000613-2025-DCS-DGDP-VMPCIC/MC, y los Informes N° 000966-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, y Nº 000261-2025-DGPA-VMPCIC-ARD-MC, para conocimiento y fines.
Determinar, por el plazo de dos años prorrogable por el mismo periodo, la protección provisional del sitio arqueológico Pozuelos, ubicado en el distrito de El Carmen, provincia de Chincha, departamento de Ica, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PPROV-029-MC_DGPA-DSFL-2022 WGS84. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 030-2025-SDPCICI-MATG-DDC ICA/MC de fecha 30 de mayo de 2025, así como en los Informes N° 000986-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000166-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-LMS/MC, y N° 000265-2025-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, y el plano perimétrico con código PPROV-029-MC_DGPA-DSFL-2022 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
APROBAR la ejecución del Proyecto de Investigación de Colecciones y Fondos Museográficos Administrados por el Ministerio de Cultura denominado “Proyecto de Investigación Bio-Arqueológica de Sancos – temporada 2025”; en concordancia el artículo 48-A.8 del Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; el cual comprende el estudio de restos humanos contenidos en ochenta (80) cajas ubicadas en depósito de la Dirección Desconcentrada de Cultura Ayacucho, según se describe en anexo adjunto.
APROBAR la ejecución del Proyecto de Investigación de Colecciones y Fondos Museográficos Administrados por el Ministerio de Cultura denominado “Momias como Microcosmos: Análisis integrado de fardos prehispánicos de Puruchuco”; en concordancia con el Artículo 48-A numeral 8, del Reglamento de la Ley N°28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; el cual comprende el estudio no invasivo y no destructivo de doscientos dieciocho (218) fardos funerarios, que se encuentran en el Área del Manejo de Colecciones de la sede central del Ministerio, detallados en anexo.
Declarar IMPROCEDENTE la calificación de espectáculo público cultural no deportivo, al espectáculo denominado “EL RINCÓN DE LOS MUERTOS", por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
ACEPTAR las solicitudes presentadas, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes –
RENTOCA, de las siguientes personas:
ACEPTAR las solicitudes presentadas, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes –
RENTOCA, por los representantes de las siguientes organizaciones:
ACEPTAR las solicitudes presentadas, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes –
RENTOCA, por los representantes de las siguientes personas jurídicas: