Resoluciones Directorales
Noviembre 2025
DECLARAR como beneficiaria del ‘Estímulo a la Promoción Internacional - 2025’, a la siguiente Persona Natural:
DECLARAR como beneficiaria del ‘Estímulo a la Promoción Internacional - 2025’, a la siguiente Persona Natural:
Denegar el reconocimiento como punto de cultura a la organización con personería jurídica denominada “INSTITUTO DE DEFENSA DEL MEDIO AMBIENTE Y RESPONSABILIDAD SOCIAL”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Determinar, por el plazo de dos años prorrogable por el mismo periodo, previo sustento, la protección provisional del sitio arqueológico Quebrada Verde, ubicado entre los distritos de Lurín y Pachacamac, provincia y departamento de Lima, de acuerdo a los datos técnicos del plano perimétrico N° PP-033-MC_DGPA/DSFL-2014 WGS84. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 001-2025-CDT/DCS/DGDP/VMPCIC/MC, elaborado por el especialista de la Dirección de Control y Supervisión de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural, así como en los Informes N° 001711-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000213-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-MDR/MC, y N° 000409-2025-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, y el plano perimétrico N° PP-033-MC_DGPA/DSFL-2014 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
MODIFICAR el Artículo Sexto de la parte resolutiva de la Resolución Directoral N° 000231-2025-DGDP-VMPCIC/MC del 20 de octubre de 2025
APROBAR el informe de resultados del Proyecto de Investigación de Colecciones y Fondos Museográficos Administrados por el Ministerio de Cultura: “Proyecto Bioarqueológico para Determinar las Relaciones entre los Sacrificios Chimú (950 – 1470 d.C.) de los sitios arqueológicos Huanchaquito Las Llamas y El Pollo con otras poblaciones contemporáneas de la costa norte del Perú, a través de rasgos nométricos dentales”, a cargo del Doctor Richard Carlton Sutter identificado con pasaporte N° A20637472 y del Licenciado Luis Alberto Flores de la Oliva identificado con DNI N° 70541409; el cual fue autorizado mediante Resolución Directoral
N°000009-2025-DGM-VMPCIC/MC de fecha 22 de enero de 2025.
Resolución Directoral que modifica el Capítulo V de las “Bases de la convocatoria para la participación en «La Independiente. Feria de Editoriales Peruanas. Lima»”
Prorrogar el plazo de la determinación de la protección provisional del Complejo Arqueológico Petroglifos de Illomas ubicado en el distrito de Chuquibamba, provincia de Condesuyos y departamento de Arequipa, por el término de dos años adicional al concedido mediante la Resolución Directoral N° 000198-2023-DGPA/MC, anexando los Informes N° 001492-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000162-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-HAH/MC y Nº 000408-2025-DGPA-VMPCIC-ARD-MC, para conocimiento y fines.
Determinar, por el plazo de dos años prorrogable por el mismo plazo, la protección provisional del sitio arqueológico Huaca San José I o Zona Arqueológica de San José, ubicado en el distrito de San Jose, provincia y departamento de Lambayeque, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PPROV-033-MC_DGPA-DSFL-2020 WGS84. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 016-2025-JRB-DDC LAM-MC de fecha 11 de setiembre de 2025, así como en los Informes N° 001706-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000212-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-MDR/MC, y N° 000407-2025-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, y el plano perimétrico con código PPROV-033-MC_DGPA-DSFL-2020 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
Determinar la protección provisional del sitio arqueológico Francia, ubicado en el distrito de Coayllo, provincia de Cañete, departamento de Lima, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico N° PP-007-MC_DGPA/DSFL-2015 WGS84. Se determina la presente protección provisional por el plazo de dos años, salvo se identifique afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios, en cuyo caso el plazo máximo para la declaración y delimitación definitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el periodo que corresponda, previo sustento. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 010-2025-LAMS-DCS-VMPCIC-MC, elaborado por el especialista de la Dirección de Control y Supervisión de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural, así como en los Informes N° 001699-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000211-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-MDR/MC, y N° 000406-2025-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, y en el plano perimétrico N° PP-007-MC_DGPA/DSFL-2015 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
