Resoluciones Directorales
Diciembre 2023
ACEPTAR las solicitudes presentadas, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, de las siguientes personas:
Determinar la protección provisional del sitio arqueológico Wakakillayoc, ubicado en el distrito de Tapairihua, provincia de Aymaraes, departamento de Apurímac, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PP-020-MC_DGPA/DSFL-2013 WGS84. Se determina la presente protección provisional por el plazo de dos años prorrogable por el mismo periodo, salvo se identifique afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios, en cuyo caso el plazo máximo para la declaración y delimitación definitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el mismo periodo. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 0002-2023-DDC APU-ECH-MC de fecha 18 de setiembre de 2023, así como en los Informes N° 001452-2023-DSFL/MC, N° 000253-2023-DSFL-NGC/MC, y N° 000264-2023-DGPA-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código PP-020-MC_DGPA/DSFL-2013 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
Determinar, por el plazo de dos años prorrogable por el mismo plazo, la protección provisional del sitio arqueológico el Progreso 2-Sectores A y B ubicado en el distrito de Pátapo, provincia de Chiclayo y departamento de Lambayeque, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PPROV-112-MC_DGPA-DSFL-2023 WGS84. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección Nº 000007-2023-DDC-LAMBAYEQUE-MC de fecha 07 de noviembre de 2023, así como en los Informes N° 001437-2023-DSFL/MC, N° 000260-2023-DSFL-MDR/MC, y N° 000263-2023-DGPA-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código PPROV-112-MC_DGPA-DSFL-2023 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
Determinar la protección provisional del paisaje arqueológico Huacay, ubicado en el distrito de Paúcar, provincia de Daniel Alcides Carrión y departamento de Pasco, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código N° PP-PAH-001-DDC-PAS/MC-2023. Se determina la presente protección provisional por el plazo de dos años prorrogable por el mismo periodo, salvo se identifique afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios, en cuyo caso el plazo máximo para la declaración y delimitación definitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el mismo periodo. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 02-2023-SBS-DDC PASCO-MC de fecha 06 de octubre de 2023, así como en los Informes N° 001429-2023-DSFL/MC, N° 000242-2023-DSFL-NGC/MC, y N° 000262-2023-DGPA-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código N° PP-PAH-001-DDC-PAS/MC-2023, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
IMPONER sanción administrativa de 0.30 UIT de multa contra el señor Francisco Monja Cisneros, identificado con DNI N° 06224610, por haberse acreditado responsabilidad en la ejecución de obras privadas sin autorización del Ministerio de Cultura, ocasionando alteración en la Zona Arqueología Huaca Aramburú, del distrito de San Miguel de la provincia y departamento de Lima.
Imponer a la administrada, Ana María Espinoza Castillo De Sudario, identificada con DNI N° 10007954, la sanción administrativa de multa ascendente a 1.75 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), por ser la responsable de la alteración de la Zona Arqueológica e Histórica Armatambo Morro Solar, Parcela “C”, (Sitio Arqueológico Huaca Marcavilca), ubicada en el distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima.
ARCHIVAR el procedimiento administrativo sancionador instaurado mediante la Resolución Directoral N° 000028-2023-DCS/MC de fecha 05 de abril de 2023, contra la ASOCIACIÓN DE CO-PROPIETARIOS RESIDENCIAL LOS NOGALES, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Emitir la autorización sectorial del proyecto que implicaría trabajos de instalación de suministro de agua potable en espacio público, para el inmueble ubicado en la Av. Almirante Miguel Grau Nº 631-A, Primer Piso, Dpto. 2, del distrito de Barranco, provincia y departamento Lima, conformante de la Zona Monumental de Barranco, presentado por el señor Oscar Alejandro Velezmoro La Torre, con expediente N° 2023-0178327, de acuerdo con lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.
Emitir la autorización sectorial de las siguientes acciones especializadas de mantenimiento: el pintado de muros y techo, mantenimiento de techo (entablado, viguetas), de las teatinas (estructura, marcos, ventanas y piezas de vidrio), de parapeto con sus acabados y detalles, en el techo del Pabellón N° 9, en el marco de lo dispuesto en el artículo 28-A-2° del Reglamento de la Ley N° 28296, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2006-ED y modificado por Decreto Supremo N° 007-2020-MC, a ser ejecutadas en el techo del Pabellón N° 9 – Edificio de Hospitalización, del Hospital Víctor Larco Herrera, distrito de Magdalena del Mar, provincia y departamento de Lima, conforme a los siguientes planos presentados por la señora Elizabeth Rivera Chávez, en calidad de Directora General Hospital Víctor Larco Herrera, con expedientes: N° 188635-2023 y N° 67476-2023: Plano techo estado actual – G-02 - Plano de áreas de intervención – G-03 - Plano de intervención Pabellón 9 – INT-01 - Plano de Zona 1 – INT-02 - Plano de Zona 2 – INT-03 - Plano de Zona 3 – INT-04 - Plano de Zona 4 – INT-05 - Plano de Teatina 01 y 10 – INT-06 - Plano de Teatina 02 y 09 – INT-07 - Plano de Teatina 03 y 08 – INT-08 - Plano de Teatina 04 y 07 – INT-09 - Plano de Teatina 05 – INT-10 - Plano de Detalle – D-01 - Plano de Detalle – D-03 - Plano de Detalle – D-04, de acuerdo con lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.
RECTIFICAR, con efecto retroactivo, los errores materiales advertidos en la parte considerativa y resolutiva de la Resolución Directoral N° 000161-2022-DGDP/MC de fecha 06 de diciembre de 2023 (páginas 10 y 11), respecto a la valoración cultural de la Zona Monumental del Rímac, al haberse señalado por error, “090 UIT”, cuando lo correcto es “0.90 UIT, permaneciendo inalterable los demás extremos de dicha resolución.