Resoluciones Directorales
Agosto 2020
Declárese de interés cultural al certamen “Feria Internacional del
Libro de Lima - FIL LIMA”, organizada por la Cámara Peruana del Libro (CPL), que se
realizará desde el 21 de agosto hasta el 6 de septiembre de 2020, a través de la
página oficial de la FIL LIMA 2020: www.fillima.com.pe; por las razones expuestas en
la parte considerativa de la presente resolución.
Reconocer como Puntos de Cultura, por las razones expuestas en
la parte considerativa de la presente Resolución, a las siguientes organizaciones:
DECLARAR como no aptos para el otorgamiento de los apoyos
económicos que se otorga en el marco del Decreto de Urgencia Nº 058-2020, a las
personas naturales y jurídicas señaladas a continuación:
Consignese la siguiente relación de postulaciones como aptas para la evaluación y calificación del jurado del “Concurso Nacional de Proyectos de Largometraje en Construcción – 2020”:
Denegar el reconocimiento como Punto de Cultura a la
organización “Artistas por Naturaleza”, por las razones expuestas en la parte
considerativa de la presente resolución.
Denegar el reconocimiento como Punto de Cultura a la organización
“Clandestino Cultural”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la
presente resolución.
Denegar el reconocimiento como Punto de Cultura a la
organización “Fraternidad Artística Antawara Perú”, por las razones expuestas en la
parte considerativa de la presente resolución.
Denegar el reconocimiento como Punto de Cultura a la
organización “Productora Artística Generación”, por las razones expuestas en la parte
considerativa de la presente resolución.
Denegar el reconocimiento como Punto de Cultura a la
organización “Patronato Cívico Cultural de Pueblo Libre - PACCPUL”, por las razones
expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Reconocer como punto de cultura a la organización denominada
“Asociación Folklórica “El Arte De Danzar” San Sebastián – Catacaos – Piura”, con sede
en Jirón Piura N° 1205, distrito de Catacaos, provincia de Piura y departamento de Piura,
por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
