Resoluciones Directorales
Noviembre 2024
ACEPTAR las solicitudes presentadas, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, por los representantes de las siguientes personas jurídicas:
ACEPTAR las solicitudes presentadas, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, por los representantes de las siguientes organizaciones:
ACEPTAR las solicitudes presentadas, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, por los representantes de las siguientes personas jurídicas:
DECLARAR infundado el recurso de reconsideración interpuesto por el Señor Segundo Alejandro Torres Fernández y la Señora Roxana Paniagua Gamboa, contra la Resolucion Directoral N° 000271-2024-DGDP-VMPCIC/MC del 18 de octubre de 2024, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución y en consecuencia confirmar la medida correctiva y la sanción administrativa impuesta en dicha resolución.
Determinar, por el plazo de dos años prorrogable por el mismo plazo, la protección provisional del sitio arqueológico Cerro La Gruta, ubicado en el distrito de Oyotún, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PPROV-069-MC_DGPA-DSFL-2024 WGS84. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 000009-2024-DDC-LAMBAYEQUE-MC de fecha 15 de agosto de 2024, así como en los Informes N° 001129-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000195-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-MDR/MC, y N° 000201-2024-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código PPROV-069-MC_DGPA-DSFL-2024 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
Determinar la protección provisional del paisaje arqueológico Qhapaq Ñan, tramo Acostambo – Churcampa, sector Uchuytucu, ubicado en el distrito de Paucarbamba, provincia de Churcampa, departamento de Huancavelica, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PPROV-062-MC_DGPA-DSFL-2024 WGS84. Se determina la presente protección provisional por el plazo de dos años prorrogable por el mismo periodo, salvo se identifique afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios, en cuyo caso el plazo máximo para la declaración y delimitación definitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el mismo periodo. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 007-2024-SDPCICI-JCSM/MC de fecha 08 de mayo de 2024, así como en los Informes N° 001127-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000201-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-LMS/MC, y N° 000200-2024-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código PPROV-062-MC_DGPA-DSFL-2024 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
Prorrogar el plazo de la determinación de la protección provisional del sitio arqueológico Uchaa Wanka sector 1 y 2, ubicado en el distrito de Ahuac, provincia de Chupaca y departamento de Junín, por el término de dos años adicional al concedido mediante la Resolución Directoral N° 000155-2022-DGPA/MC, según se sustenta en el Memorando N° 000900-2024-DDC JUN/MC y los Informes N° 001194-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-MC, N° 000237-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-NGC/MC, y Nº 000199-2024-DGPA-VMPCIC-ARD-MC, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
Determinar, por el plazo de dos años prorrogable por el mismo plazo, la protección provisional del sitio arqueológico Huaca Ortiz, ubicado en el distrito de Sunampe, provincia de Chincha, departamento de Ica, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PPROV-054-MC_DGPA-DSFL-2024 WGS84. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 026-2024-SDPCICI-DDC ICA/MC de fecha 02 de agosto de 2024, así como en los Informes N° 001126-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000202-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-LMS/MC, y N° 000198-2024-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código PPROV-054-MC_DGPA-DSFL-2024 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
DECLARAR IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto por la empresa GRETI PRODUCCIONES AUDIOVISUALES E.I.R.L. en contra de la Resolución Directoral N° 00856-2024-DAFO-DGIA-VMPCIC/MC de fecha 03 de octubre de 2024, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
ACEPTAR las solicitudes presentadas, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, de las siguientes personas: