Resoluciones Directorales
Octubre 2025
Prorrogar el plazo de la determinación de la protección provisional del sitio arqueológico San Isidro 2 ubicado en el distrito de Quequeña, provincia y departamento de Arequipa, por el término de dos años adicional al concedido mediante la Resolución Directoral N° 000194-2023-DGPA/MC, anexando los Informes N° 001492-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000162-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-HAH/MC y Nº 000397-2025-DGPA-VMPCIC-ARD-MC, para conocimiento y fines.
Determinar, por el plazo de dos años prorrogable por el mismo periodo, la protección provisional del Complejo Arqueológico Monumental Galindo Sector B, ubicado en el distrito de Laredo, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PPROV-153-MC_DGPA-DSFL-2025 WGS84. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección Nº 0003-2025-PCPDC-SDDPCICI-LIB MLC/MC de fecha 27 de agosto de 2025, así como en los Informes N° 001695-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000140-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-DRM/MC, y N° 000393-2025-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código PPROV-153-MC_DGPA-DSFL-2025 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
DECLARAR infundado el recurso de apelación interpuesto por la señora Marilú Rudas Prado, Gerente General de la empresa IMPORTACIONES TRADIANO SAC, contra la Resolución Directoral N° 000114-2025-DCS-DGDP-VMPCIC/MC del 15 de octubre de 2025, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución y en consecuencia confirmar la medida cautelar impuesta en la resolución impugnada.
DECLARAR como beneficiaria del ‘Estímulo a la Promoción Internacional - 2025’, a la siguiente Persona Natural:
DECLARAR como beneficiarios del Concurso de Proyectos de Producción de Música en Vivo”, con base en lo establecido en el acta de evaluación del mismo Concurso, a los siguientes proyectos:
DECLARAR como beneficiarios del “Concurso para la Circulación Nacional de las Artes”, con base en lo establecido en el acta de evaluación del mismo Concurso, a los siguientes proyectos:
ACEPTAR las solicitudes presentadas, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, de las siguientes personas:
ACEPTAR la solicitud presentada, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, por el representante de la siguiente organización:
Denegar el reconocimiento como punto de cultura a la organización con personería jurídica denominada “ONG ATC PERÚ”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Denegar el reconocimiento como punto de cultura a la organización con personería jurídica denominada “SEQES”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
