Resoluciones Directorales

Desde
Hasta

Mayo 2021

RD. N° 000114-2021-DGIA/MC

DECLARAR como BENEFICIARIOS de los
apoyos económicos que se otorgan en el marco del Decreto de Urgencia N° 027-
2021, en el ámbito de la cinematografía y el audiovisual, a los solicitantes
contenidos en el ANEXO 1 que forma parte integrante de la presente resolución.

RD. N° 000113-2021-DGIA/MC

RECTIFICAR el error material contenido en el
ANEXO 3, aprobado mediante el artículo tercero de la Resolución Directoral N°
000082-2021-DGIA/MC de fecha 05 de mayo de 2021, que contiene el listado de
beneficiarios, en el ámbito de las actividades de las artes escénicas, visuales y la
música, en el sentido que:

RD. N° 000112-2021-DGIA/MC

Reconocer como punto de cultura a la organización denominada
“ASOCIACION COLECTIVO REBA - COLECTIVO REBA”, ubicada en la Calle Las
Campanillas 149 Dpto. 601 A, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento
de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente
Resolución.

RD. N° 000111-2020-DGIA/MC

Reconocer como punto de cultura a la organización denominada
“GRUPO FOLKLORICO “PASION Y SENTIMIENTO CULTURAL””, ubicada en Jirón
Tumbes 277, distrito de Catacaos, provincia y departamento de Piura, por las razones
expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.

RD. N° 000110-2021-DGIA/MC

Reconocer como punto de cultura a la organización denominada
“ASOCIACIÓN QOSQO MAKI”, ubicada en la Calle Fierro 525, distrito, provincia y
departamento de Cusco, por las razones expuestas en la parte considerativa de la
presente Resolución.

RD. N° 000109-2021-DGIA/MC

Reconocer como punto de cultura a la organización denominada
“ASOCIACIÓN FOLKLORICA URIN QANCHIS”, ubicada en la Calle Pacioli Manzana
L, Lote 12, Urbanización Villa Victoria, distrito de Surquillo, provincia y departamento
de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente
Resolución.

Resolución Directoral N° 000072-2021-DGPA/MC

Determinar, por el plazo de dos años prorrogable por el mismo plazo, la protección provisional del sitio arqueológico Pampa las Carretas, ubicado en el distrito de Santa Cruz, provincia de Palpa, y departamento de Ica, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PPROV-019-MC_DGPA-DSFL-2021 WGS84. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 001-2021-DDC ICA-SGNP-AYA/MC de fecha 18 de febrero de 2021, así como en los Informes N° 000298-2021-DSFL/MC, N° 000108-2021-DSFL-LMS/MC, y Nº 000080-2021-DGPA-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código PPROV-019-MC_DGPA-DSFL-2021 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.

RD N° 000122-2021-DGPC/MC

IMPONER una sanción administrativa de DEMOLICIÓN contra el administrado JAVIER BAZAN CARBAJAL, identificado con DNI N° 06190662, respecto a la obra privada no autorizada por el Ministerio de Cultura (edificación moderna de dos pisos, de aproximadamente 105 m2), que ejecutó al interior del área intangible de la Zona Arqueológica El Naranjal, en el predio ubicado en el Pasaje 54A. Mz. 63A. Lote 3 del AA.HH Armando Villanueva del Campo, distrito de Los Olivos; infracción prevista en el literal f) del numeral 49.1 del Art. 49° de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, imputada en la Resolución Directoral N° D000036-2019-DCS/MC de fecha 01 de agosto de 2020.

RD N° 000121-2021-DGPC/MC

IMPONER una sanción administrativa de DEMOLICIÓN contra el administrado VICTOR HUGO MAYORIA ALVARO, identificado con DNI N° 06138299, respecto a la obra privada no autorizada por el Ministerio de Cultura, que consistió en la construcción de una edificación moderna de material noble, de dos pisos, con un tercer piso en obra, en el predio ubicado en el Pasaje 54A.Mz. 63A. Lote 1 del AA.HH Armando Villanueva del Campo, distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima, cuya parte posterior (de, aproximadamente, 70 m2) se edificó al interior de la Zona Arqueológica El Naranjal, sin autorización del Ministerio de Cultura; infracción prevista en el literal f) del numeral 49.1 del Art. 49° de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, imputada en la Resolución Directoral N° D000037-2019-DCS/MC de fecha 01 de agosto de 2020.

RD. N° 000108-2021-DGIA/MC

Otórguese la calificación de espectáculo público cultural no
deportivo, al espectáculo de teatro denominado “Fin”, a realizarse los días 21, 22, 28 y
29 de mayo del 2021 a través de la plataforma virtual Joinnus.com, por las razones
expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.