Resoluciones Directorales

Marzo 2021

09
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 027-DGM-MC_ACCESIBLE

- Determinar la protección provisional de dos (02) bienes muebles
que presuntamente constituyen Patrimonio Cultural de la Nación, según Anexo que
forma parte integrante de la presente Resolución

09
Resolución Directoral N° 000048-2021-DGPA/MC

Determinar la protección provisional del sitio arqueológico Chucho, ubicado en el distrito de Paracas, provincia de Pisco y departamento de Ica, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PPROV-010-MC_DGPA-DSFL-2021 WGS84. Se determina la protección provisional por el plazo de dos años, prorrogable por el mismo plazo. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 003-2021-ADPC-SDPCICI-DDC ICA/MC de fecha 23 de febrero de 2021, así como en los Informes N° 000165-2021/DSFL/MC, N° 000019-2021-DSFL-MMP/MC, y Nº 000055-2021-DGPA-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código PPROV-010-MC_DGPA-DSFL-2021 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.

09
RD N° 000063-2021-DGPC/MC

Emitir la autorización sectorial del proyecto para la instalación de un medidor nuevo de luz, en vía pública, para el inmueble ubicado en Jr. Chancay N° 627, distrito, provincia y departamento Lima, conformante de la Zona Monumental de Lima, presentado por la señora María Angélica Zarase Navarrete, con expediente N° 2020-0074200, de acuerdo con lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.

08
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 026-DGM-MC_ACCESIBLE

- IMPONER una sanción administrativa de DEMOLICIÓN contra el
administrado REMIGIO ABDON RUEDA HONORES, identificado con DNI
N° 43367613, respecto a la ejecución de una obra privada, no autorizada por el
Ministerio de Cultura, al interior del S.A Fortaleza Cerro Blanco, ubicado en el distrito
de Paramonga, provincia de Barranca, departamento de Lima, que consiste en la
ejecución de una estructura de material noble (asentamiento) de, aproximadamente
150 m2, en proceso de construcción, infracción prevista en el literal f) del numeral
49.1 del Art. 49 de la Ley N° 28296-Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación,
imputada en la Resolución Subdirectoral N° D000090-2019-DCS/MC de fecha 31 de
diciembre de 2019.

08
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 025-DGM-MC_ACCESIBLE

- Otorgar a la Dirección de Gestión, Registro y Catalogación de
Bienes Culturales Muebles, la prórroga solicitada prevista en el inciso 100.1 del
artículo 100 del Decreto Supremo N° 007-2017-MC, modificada por el Decreto
Supremo N° 002-2021-MC.

08
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 024-DGM-MC_ACCESIBLE

APROBAR la ejecución del Proyecto de Investigación de
Colecciones y Fondos Museográficos Administrados por el Ministerio de Cultura “Las
Figurinas Textiles Chancay: Aproximaciones a su significado desde una análisis
iconográfico y arqueológico”, en concordancia con el artículo 48-A del Reglamento de
la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, que comprende el
estudio de 33 “muñecas”, que forman parte de la Colección Textil del Museo Nacional
de Arqueología, Antropología e Historia del Perú

08
RD N° 000012-2021-DPHI/MC

RECTIFICAR el artículo 1° de la parte resolutiva de la Resolución Directoral N° 000100-2020-DPHI/MC, de fecha 09 de diciembre del 2020, en relación a la actividad “para el uso de edición de libros, folletos y otras publicaciones”, debiendo ser lo correcto “para el uso de edición y ventas al por menor de libros, folletos y artículos de papelería”; el artículo 1° quedara redactado con el texto siguiente:
ARTÍCULO 2°.- EMITIR la autorización sectorial requerida para el otorgamiento de licencia de funcionamiento para el uso de edición y ventas al por menor de libros, folletos y artículos de papelería; en el establecimiento ubicado en jirón Puno Nº 406, interior 203 y 205, distrito, provincia y departamento de Lima; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.

07
RESOLUCION DIRECTORAL N° 000073-2021-DGDP/MC

IMPONER una sanción administrativa de multa ascendente a 5.625 UIT contra la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TACNA, identificada con RUC N° 20147797100, por haberse acreditado su responsabilidad en la infracción prevista en el literal f) del numeral 49.1 del artículo 49° de la Ley N° 28296 – Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, consistente en haber ejecutado una intervención u obra de mantenimiento, no autorizada por el Ministerio de Cultura, en el Monumento ubicado en la Plazuela Roberto Mac Lean y calle Dos de Mayo N° 579-687-705 (Teatro Municipal), distrito, provincia y departamento de Tacna, intervención que ocasionó la alteración grave de dicho bien cultural; hechos que fueron imputados en la Resolución Subdirectoral N° 000021-2019-SDDPCICI-DDC TAC/MC de fecha 23 de diciembre de 2019.

05
RESOLUCION DIRECTORAL N° 000072-2021-DGDP/MC

Declarar la caducidad del procedimiento administrativo sancionador iniciado mediante Resolución Subdirectoral N° 046-2019-SDDPCICI-DDC-LIB/MC, seguido contra Erlita Faviola Plasencia Mostacero, quien presuntamente a incumplido con la autorización del Ministerio de Cultura, al realizar trabajos de construcción que sobrepasa la altura permitida, edificación de cuatro (4) pisos con azotea, en cuya parte posterior se observa una construcción techada (modulo) que soporta el tanque elevado, así como la instalación de una puerta corrediza metálica en la fachada del primer nivel; lo cual ha significado la alteración grave del Ambiente Urbano Monumental de Trujillo del Jr. Gamarra entre Jr. San Martín y Zona Monumental de Trujillo.

05
RESOLUCION DIRECTORAL N° 000071-2021-DGDP/MC

Imponer sanción administrativa de multa de 7 UIT contra el Señor Juan Pablo Castillo Tantaquispe identificado con DNI N° 18004093, por ser el responsable de la alteración leve a la Zona Arqueológico Huaca de los Reyes – Complejo Arqueológico Caballo Muerto, sin autorización del Ministerio de Cultura; por la nivelación y remoción del terreno arqueológico para habilitación agrícola del suelo arqueológico en una dimensión aproximada de 6000 m2.

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