Resoluciones Directorales

Junio 2020

26
RD. N° 000164-2020-DGIA/MC

Otórguese por dos (2) años renovables desde la emisión de la
presente Resolución, el reconocimiento como Asociación Cultural a la asociación
denominada “Instituto Interamericano de la Mujer”, con sede en Av. Manuel Olguín N°
335 Dpto. N° 335 Urbanización Monterrico Chico, distrito de Santiago de Surco,
provincia y departamento de Lima por las razones expuestas en la parte considerativa
de la presente Resolución.

26
RD. N° 000163-2020-DGIA/MC

Otórguese por dos (2) años renovables desde la emisión de la
presente Resolución, el reconocimiento como Asociación Cultural a la asociación
denominada “Asociación Cultural Morenos de Corazón”, con sede en Manzana K-59,
Lote N° 2, San Hilarión, distrito de San Juan de Lurigancho, por las razones expuestas
en la parte considerativa de la presente Resolución.

26
RD. N° 000162-2020-DGIA/MC

Otórguese por dos (2) años renovables desde la emisión de la
presente Resolución, el reconocimiento como Asociación Cultural a la asociación
denominada “Alianza Francesa de Lima”, con sede en Av. Arequipa N° 4595, distrito
de Miraflores, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente
Resolución.

26
RD. N° 000161-2020-DGIA/MC

- Apruébese las Bases de la segunda convocatoria que se
detallan a continuación, las cuales como Anexos forman parte integrante de la
presente resolución:

25
Resolución Directoral N° 000176-2020-DGPA/MC

Determinar la protección provisional del Sitio Arqueológico“ Huachaq”, ubicado en el distrito de Yucay, provincia de Urubamba, departamento del Cusco, de acuerdo al Plano Perimétrico elaborado por la Dirección Desconcentrada de Cultura Cusco (Lámina UB 01). Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe Técnico de Viabilidad de la Determinación de la Protección Provisional del Bien Inmueble Prehispánico elaborado por la Dirección Desconcentrada de Cultura Cusco, así como en los Informes N° 000038-2020-DSFL-HAH/MC, N° 000317-2020-DSFL/MC, y Nº 000139-2020-DGPA-LRS/MC, y en el Plano Perimétrico signado como Lámina UB 01, los cuales se adjuntan como anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma.

23
Resolución Directoral N° 000174-2020-DGPA/MC

Determinar la Protección Provisional del Sitio Arqueológico “Huaca La Pajilla” o Sitio Arqueológico “VV. 93-3:3”, ubicado en el distrito y provincia de Virú, departamento de La Libertad, de acuerdo al Cuadro de Datos Técnicos contenido en el Informe Nº 000031-2020-DSFL-MMP/MC. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección Nº 001-2020-RPG-PCDPC-SDDPCICI-DDC-LIB/MC, así como en los Informes Nº 000031-2020-DSFL-MMP/MC, Nº 000293-2020-DSFL/MC, y Nº 000136-2020-DGPA-LRS/MC, los cuales se adjuntan como anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma.

23
Resolución Directoral N° 000172-2020-DGPA/MC

Determinar la protección provisional del Sitio Arqueológico “Salinas Sector B”, ubicado en el distrito de Puños, provincia de Huamalies y departamento de Huánuco. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección Nº 0001-2019-SDDPCIC-HCO-MC, así como en los Informes Nº 000015-2020-DSFL-MMP/MC, Nº 000287-2020-DSFL/MC, y Nº 000133-2020-DGPA-LRS/MC, y en el Plano Perimétrico con código de plano PPROV-013-MC_DGPA-DSFL-2020 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma.

18
RD. N° 000160-2020-DGIA/MC

Ratifíquese el reconocimiento como Punto de Cultura otorgado en
el marco de la Directiva N° 005-2012/MC, por adecuarse al marco de la Ley N° 30870,
Ley de Promoción de los Puntos de Cultura, su reglamento y la Directiva N° 001-
2019/MC, y dispóngase su inscripción en el Registro Nacional de Puntos de Cultura, a
las siguientes organizaciones culturales:

18
RD N° 00024-2020-DGPC/MC

ARTÍCULO PRIMERO.- ARCHIVAR el Procedimiento Administrativo Sancionador instaurado mediante la Resolución Directoral N° 000019-2019/DCS/DGDP/VMPCIC/MC de fecha 29 de marzo de 2019, respecto al administrado Grass Ingenieros S.A.C, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO.- IMPONER sanción administrativa de multa de siete (7) UITs vigentes a la fecha de pago efectivo, contra la Municipalidad Distrital de San Borja, respecto al procedimiento administrativo sancionador instaurado mediante la Resolución Directoral N° 000019-2019/DCS/DGDP/VMPCIC/MC, por haberse acreditado su responsabilidad en la alteración de un área aproximada de 1250 m2 del Paisaje Arqueológico Canal de Surco – Segmento 3, sin autorización del Ministerio de Cultura, afectación que implicó la ejecución de excavaciones para modificar el corte del canal (de tajo abierto e irregular a trapezoidal), la realización de pendientes laterales marcadas, el revestimiento con cemento y piedras de canto rodado y la colocación de capa de cemento en la base del canal con resane e inserción irregular de los cantos rodados; infracción prevista en el literal e) del numeral 49.1 del artículo 49° de la Ley N° 28296; estableciéndose que el plazo para cancelar la multa impuesta no podrá exceder de quince (15) días hábiles, a través del Banco de la Nación o la Oficina de Tesorería de este Ministerio.

17
Resolución Directoral N° 000170-2020-DGPA/MC

Determinar la Protección Provisional del Sitio Arqueológico “Palmeras Sector 1”, ubicado en el distrito de Pativilca, provincia de Barranca, departamento de Lima. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 006-2020-LVC/DCS/DGDP/VMPCIC/MC, así como en los Informes N° 000016-2020-DSFL-MMP/MC, N° 000288-2020-DSFL/MC, y Nº 000135-2020-DGPA-LRS/MC, y en el Plano Perimétrico con código PP-053-MC-DGPA-DSFL-2016 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma.

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