Resoluciones Directorales
Julio 2024
DECLARAR firme y consentida la Resolución Directoral N° 000176-2024-DGDP-VMPCIC/MC de fecha 01 de julio de 2024, mediante la cual se impuso sanción de multa y medida correctiva contra los administrados Luis Alejandro Manturano Matos y Nilda Janeth Lopez Linares, teniendo por concluido el procedimiento administrativo, en mérito a las consideraciones expuestas.
SANCIONAR a la empresa INMOBILIARIA DL & B SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA, identificada con RUC N° 20510963122 e inscrita en la Partida electrónica N° 11761156 del registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima, con una sanción de multa ascendente a 0.25 UIT, por ser responsable de una obra privada, sin autorización del Ministerio de Cultura, ejecutada en Ambiente Urbano Monumental del distrito de Barranco, en el sector donde se ubica el predio de su propiedad sito en la calle Bajada Oroya N° 103, 109, 111, 115 del distrito de Barranco, provincia y departamento de Lima.
Determinar la protección provisional del sitio arqueológico Huamanmarca, ubicado en el distrito de Santa Lucía, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PU-04-2024-DDC-AYAC/MC-WGS84. Se determina la presente protección provisional por el plazo de dos años prorrogable por el mismo periodo, salvo se identifique afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios, en cuyo caso el plazo máximo para la declaración y delimitación definitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el mismo periodo. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 00001-2024-DDC-AYA-POP/MC de fecha 08 de enero de 2024, así como en los Informes N° 000694-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000128-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-NGC/MC, y N° 000121-2024-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código PU-04-2024-DDC-AYAC/MC-WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
Determinar, por el plazo de dos años prorrogable por el mismo plazo, la protección provisional del sitio arqueológico Golf de Huampaní, Sector 2, ubicado en el distrito de Lurigancho, provincia de Lima, departamento de Lima, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código N° PP-108_MC_DGPA/DSFL-2015 WGS84. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 004-2024-LAMS/DCS/DGDP/VMPCIC/MC de fecha 13 de junio de 2024, así como en los Informes N° 000678-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000118-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-LMS/MC, y N° 000119-2024-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código N° PP-108_MC_DGPA/DSFL-2015 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
Determinar, por el plazo de dos años prorrogable por el mismo plazo, la protección provisional del sitio arqueológico Huaca Mariposa ubicado en el distrito de El Carmen, provincia de Chincha, departamento de Ica, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código P-HM_APAI-DDC ICA-MC-2018 WGS84. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 0019-2024-ADPC-SDPCICI-DDC ICA/MC de fecha 27 de mayo de 2024, así como en los Informes N° 000614-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000103-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-LMS/MC, y N° 000067-2024-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código P-HM_APAI-DDC ICA-MC-2018 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
EMITIR la Autorización sectorial requerida para la emisión de licencia de funcionamiento respecto al uso de Restaurante-Bar por el señor Luis Felipe Silva Muente, representante legal de Lucia Original S.A.C., en los expedientes N° 2024-0063883, 2024-0100976, para el establecimiento que arrienda, ubicado en pasaje Sánchez Carrión N° 110 Letra G, distrito de Barranco, provincia y departamento de Lima, los cuales son conformes según las normas municipales vigentes para la Municipalidad Distrital de Barranco.
Esta autorización sectorial no comprende pronunciamiento institucional respecto a las obras realizadas o proyectadas para su ejecución en el precitado inmueble, lo cual se tramita conforme al procedimiento que normativamente corresponda.
APROBAR la ejecución del Proyecto de Investigación de
Colecciones y Fondos Museográficos Administrados por el Ministerio de Cultura
“Análisis Funcionales de las Vasijas de la Tumba 1 (Señor de Sipán), Tumba 2 (El
Sacerdote), Tumba 3 (El Viejo Señor de Sipán) y Repositorios 1, 2, 3 y 4 de Sipán”; en
concordancia el artículo 48-A.8 del Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del
Patrimonio Cultural de la Nación; el cual comprende el estudio no invasivo de
trecientos veinte (320) bienes de cerámica arqueológica de la colección del Museo
Tumbas Reales de Sipán, ubicado en Av. Juan Pablo Vizcardo y Guzmán 895, distrito,
provincia y departamento de Lambayeque.
Otórguese la calificación de espectáculo público cultural no deportivo, al espectáculo de teatro denominado “MÁGICUS Y LA BÚSQUEDA DEL BIBLIOTECARIO”, a desarrollarse los días 27 de julio, 10, 17 y 24 de agosto de 2024, en el Teatro de Lucia, sito en Calle Bellavista N° 512, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la calificación de espectáculo público cultural no deportivo, al espectáculo denominado “CELEBREMOS CONTIGO PERÚ - ANTOLOGÍA Y NAYDA GUTIERREZ”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Reconocer como punto de cultura a la organización sin personería jurídica denominada “ESENCIAS CAÑETANAS”, ubicada en la UPIS El Manantial, manzana A, lote 13, pasaje El Naranjal, del distrito de San Vicente De Cañete, de la provincia de Cañete, del departamento de Lima; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
