Resoluciones del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales

Desde
Hasta

Marzo 2026

RVM N° 080-2026-VMPCIC/MC - LAMINA DBI 01

Delimitar el monumento denominado Antiguo Polvorín, ubicado en la avenida Huayruropata N° 850, distrito de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco, declarado monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación mediante Resolución Ministerial N° 0928-80-ED. La propuesta de delimitación comprende un área de 711.03 m2 y un perímetro de 110.84 m, conforme a lo señalado en la Lámina DBI-01 que forma parte integrante de la presente resolución.

RVM N° 080-2026-VMPCIC/MC - FICHA DE INFORMACION BASICA

Delimitar el monumento denominado Antiguo Polvorín, ubicado en la avenida Huayruropata N° 850, distrito de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco, declarado monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación mediante Resolución Ministerial N° 0928-80-ED. La propuesta de delimitación comprende un área de 711.03 m2 y un perímetro de 110.84 m, conforme a lo señalado en la Lámina DBI-01 que forma parte integrante de la presente resolución.

RVM N° 080-2026-VMPCIC/MC

Delimitar el monumento denominado Antiguo Polvorín, ubicado en la avenida Huayruropata N° 850, distrito de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco, declarado monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación mediante Resolución Ministerial N° 0928-80-ED. La propuesta de delimitación comprende un área de 711.03 m2 y un perímetro de 110.84 m, conforme a lo señalado en la Lámina DBI-01 que forma parte integrante de la presente resolución.

RVM N° 079-2026-VMPCIC/MC - ANEXOS

DECLARAR monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación a la Iglesia Señor de Exaltación de Mayo Luren, ubicada en la Mz J1 lote 8 sector Barrio Centro del Centro Poblado Mayo o Luren, distrito de Aucará, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho, correspondiente al predio inscrito en la Partida N° P23011078 de la Zona Registral N° XI, sede Ica de la SUNARP, de propiedad del Arzobispado de Ayacucho.

RVM N° 079-2026-VMPCIC/MC

DECLARAR monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación a la Iglesia Señor de Exaltación de Mayo Luren, ubicada en la Mz J1 lote 8 sector Barrio Centro del Centro Poblado Mayo o Luren, distrito de Aucará, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho, correspondiente al predio inscrito en la Partida N° P23011078 de la Zona Registral N° XI, sede Ica de la SUNARP, de propiedad del Arzobispado de Ayacucho.

RVM N° 078-2026-VMPCIC/MC

Declarar la nulidad de oficio del acto ficto producido al haber operado el silencio administrativo positivo respecto de la solicitud para obtener el certificado de inexistencia de restos arqueológicos en superficie para el proyecto: “Reparación de sistema de abastecimiento de agua potable; en el(la) Barrio Chipi Chipi en el Centro Poblado Huachón, distrito de Huachón, provincia Pasco, departamento Pasco”.

RVM N° 077-2026-VMPCIC/MC

Declarar NULA la Resolución Directoral N° 001583-2024-DDCCUS/MC y retrotraer el procedimiento sancionador a efecto que la autoridad de primera instancia vuelva a pronunciarse.

RVM N° 076-2026-VMPCIC/MC

Declarar la nulidad de oficio del acto ficto producido al haber operado el silencio administrativo positivo respecto de la solicitud para obtener el certificado de inexistencia de restos arqueológicos en superficie para el proyecto “Mejoramiento del servicio de educación inicial en 1156 de Centro Poblado Ubaldina (Túpac Amaru)”.

RVM N° 075-2026-VMPCIC/MC

Declarar la nulidad de oficio del acto ficto producido al haber operado el silencio administrativo positivo respecto de la solicitud para obtener el certificado de inexistencia de restos arqueológicos en superficie para el proyecto “Creación y mejoramiento del servicio de agua para riego sector Ccoytori, Comunidad Anansaya distrito de Paruro – provincia de Paruro - departamento de Cusco - Longitud Tramo 4” ubicado en el sector Ccoytori de la Comunidad Campesina Anansaya del distrito de Paruro, provincia de Paruro, departamento de Cusco".

RVM N° 074-2026-VMPCIC/MC

Declarar INFUNDADO el recurso de apelación presentado contra la Resolución Directoral N° 001187-2025-DE-DDC-CUS/MC.