Resoluciones del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales
Septiembre 2022
Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al “Protocolo Notarial Nº 8 de Diego de Álvarez, Francisco de Adrada, Diego de Adrada, Francisco de Avendaño y Francisco de Alexandre, escribanos de Lima del siglo XVI (1559-1597)”, bajo custodia del Archivo General de la Nación, conforme se aprecia en el anexo que es parte integrante de la presente resolución.
Autorizar la exportación de cinco muestras arqueológicas recuperadas en el marco del “Proyecto de Investigación Arqueológica Llaqta Quillusqa – Socos – Ayacucho – 2021”, ubicado en el distrito de Socos, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho, para que sean sometidas a análisis de Radiocarbono 14 (Isotopos estables) que serán realizados por el AMS Laboratory (Accelerator Mass Spectrometry Laboratory), ubicado en la Universidad de Arizona, en los Estados Unidos de América; según se describe en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución.
Autorizar la exportación de cinco muestras arqueológicas recuperadas en el marco del “Proyecto de Investigación Arqueológica Llaqta Quillusqa – Socos – Ayacucho – 2021”, ubicado en el distrito de Socos, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho, para que sean sometidas a análisis de Radiocarbono 14 (Isotopos estables) que serán realizados por el AMS Laboratory (Accelerator Mass Spectrometry Laboratory), ubicado en la Universidad de Arizona, en los Estados Unidos de América; según se describe en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución.
Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al “Primer Libro de Actas de la Primera Cuadrilla de la Hermandad del Señor de los Milagros de Nazarenas (1952- 1958) y anexos”, bajo custodia de la Primera Cuadrilla de la Hermandad del Señor de los Milagros de Nazarenas, conforme se aprecia en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución.
Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al “Primer Libro de Actas de la Primera Cuadrilla de la Hermandad del Señor de los Milagros de Nazarenas (1952- 1958) y anexos”, bajo custodia de la Primera Cuadrilla de la Hermandad del Señor de los Milagros de Nazarenas, conforme se aprecia en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la señora Ann Lieve Marie Therese Logghe contra la Resolución Directoral N° 000118-2022-DDC-CUS/MC, conforme a las consideraciones señaladas en la presente resolución.
Autorizar la exportación de seis muestras arqueológicas recuperadas en el marco de los proyectos de intervención arqueológica autorizados a través de la Resolución Directoral N° 080-DGPC-VMPCIC/MC, la Resolución Directoral N° 396-2013-DGPC-VMPCIC/MC, la Resolución Directoral N° 175-2018/DGPA/VMPCIC/MC y la Resolución Directoral N° 000101-2022-DCIA/MC, para que sean sometidas a análisis de datación radiocarbónica en el laboratorio Beta Analytic ubicado en los Estados Unidos de América; según se describe en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución.
Autorizar la exportación de seis muestras arqueológicas recuperadas en el marco de los proyectos de intervención arqueológica autorizados a través de la Resolución Directoral N° 080-DGPC-VMPCIC/MC, la Resolución Directoral N° 396-2013-DGPC-VMPCIC/MC, la Resolución Directoral N° 175-2018/DGPA/VMPCIC/MC y la Resolución Directoral N° 000101-2022-DCIA/MC, para que sean sometidas a análisis de datación radiocarbónica en el laboratorio Beta Analytic ubicado en los Estados Unidos de América; según se describe en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la Comunidad Campesina de Yanamayo contra la Resolución Directoral N° 000065-2022-DGPA/MC, de conformidad con las consideraciones expuestas en la presente resolución.
Declarar que se ha producido la sustracción de la materia respecto del recurso de apelación interpuesto por la Compañía Minera Antapaccay S.A. contra la Resolución Directoral N° 001049-2020-DDC-CUS/MC de fecha 30 de diciembre de 2020, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.