Resoluciones del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales

Octubre 2018

11
RVM N° 182-2018-VMPCIC-MC

Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al material documental orrespondiente al Álbum de fotografías en miniatura de José María Eguren.

11
RVM N° 181-2018-VMPCIC-MC

Aprobar las bases del proceso de selección de la Entidad Privada Supervisora para la contratación de la supervisión de la ejecución del proyecto "Acondicionamiento turístico del complejo arqueológico El Brujo de Magdalena de Cao, distrito de Magdalena de Cao-Ascope-La Libertad", Sub Componente 2.2 Liberación y Conservación Turística El Brujo, y Componente 3 Promoción y Difusión Turística, con Código Único N° 2133720 (antes Código SNIP N° 172122), cuyo valor referencial asciende a S/ 380 352,00 (Trescientos Ochenta Mil Trescientos Cincuenta y Dos con 00/100 Soles).

10
RVM N° 180-2018-VMPCIC-MC

DECLARAR como Monumento integrante de! Patrimonio Cultura! de la Nación a la Casa Carrillo-Maúrtua ubicada en el Jr. Junín N° 1049-1049-A-1051, distrito, provincia y departamento de Lima.

10
RVM N° 179-2018-VMPCIC-MC

Declarar FUNDADO el recurso de apelación y en consecuencia NULO el Oficio N° 000158-2018/DDC LAM/MC de fecha 27 de febrero de 2018, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución.

09
RVM N° 178-2018-VMPCIC-MC

Declarar FUNDADO EN PARTE el recurso de apelación interpuesto por el señor Luis Miguel Quiñones Chavarri y en consecuencia NULO el Oficio N° 900017-2018/DDC LAM/MC y el Oficio N° 900096-2018/DDC LAM/MC, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.

09
RVM N° 177-2018-VMPCIC-MC

Declarar FUNDADO el recurso de apelación y en consecuencia NULO el Oficio N° SS-0032-2018-DDC APU/MC de fecha 21 de marzo de 2018 y NULA la Resolución Directoral N° 067-2018-DDC APU-MC de fecha 6 de julio de 2018, al haber operado el silencio administrativo positivo en el procedimiento administrativo para la aprobación del PMA del Proyecto "Mejoramiento de los servicios Turísticos y Tratamiento Paisajístico en la Zona de Chuwihuiccna y Qoñahuanco del distrito de Haquira-Cotabambas-Apurímac".

09
RVM N° 176-2018-VMPCIC-MC

Declarar FUNDADO el recurso de apelación y en consecuencia NULO el Oficio N° SS-0032-2018-DDC APU/MC de fecha 21 de marzo de 2018 y NULA la Resolución Directoral N° 067-2018-DDC APU-MC de fecha 6 de julio de 2018, al haber operado el silencio administrativo positivo en el procedimiento administrativo para la aprobación del PMA del Proyecto "Mejoramiento de los servicios Turísticos y Tratamiento Paisajístico en la Zona de Chuwihuiccna y Qoñahuanco del distrito de Haquira-Cotabambas-Apurímac".

05
RVM N° 174-2018-VMPCIC-MC

Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la Wayliya haquireña, del distrito de Haquira, provincia de Cotabambas, departamento de Apurímac, en tanto se trata de una expresión que conjuga música, canto y danza, evidenciando un rico proceso de encuentro e interacción entre las tradiciones culturales indígenas y la religiosidad cristiana, sostenido a lo largo del Virreinato y plasmado en el contexto de la natividad del Niño Jesús, constituyéndose así en un referente de identidad cultural para sus portadores.

05
RVM N° 173-2018-VMPCIC-MC

Declarar la NULIDAD DE OFICIO de la resolución ficta recaída en el procedimiento administrativo para la aprobación del Plan de Monitoreo Arqueológico-PMA del "Proyecto Rehabilitación, Mejoramiento y Ampliación de los Sistemas de Agua Potable y Saneamiento de la localidad de Amparaes, distrito de Lares, provincia y departamento de Cusco", por las consideraciones expuestas en la presente Resolución.

03
RVM N° 172-2018-VMPCIC-MC

Autorizar la exportación de setenta y ocho (78) muestras arqueológicas procedentes del proyecto de investigación arqueológica "Reconocimiento Sistemático del Valle Central de Locumba: Patrones de Asentamiento y Migración en los Andes Antiguos", Segunda Etapa 2016; de las cuales cuarenta y dos (42) muestras arqueológicas serán sometidas a análisis elemental con equipo de ablación de láser de espectrometría de masas con plasma de acoplamiento inductivo (o LS-ICP-MS) de carácter no destructivo, en el laboratorio Elemental Analysis Facility del Museo Field (1400 S. Lake Shore Drive Chicago, IL 60605-2496, Estados Unidos de América); mientras que treinta y seis (36) muestras arqueológicas serán sometidas a análisis de C14 (AMS) de carácter destructivo, en el laboratorio Archaeological Chemestry Laboratory en la University of Arizona - Tempe Campus, 1151 S. Forest Avenue, Estados Unidos de América y el laboratorio Keck - CCAMS Group del Departamento Earth Sciences en la Universidad de California (222B Croul Hall, Irvine, CA 92697-3199, Estados Unidos de América); según se describe en los anexos que forman parte integrante de la presente Resolución.

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