Resoluciones Secretaría General
Junio 2019
Autorizar una modificación presupuestaria en el Nivel Funcional Programático en el Presupuesto Institucional del Pliego 003: Ministerio de Cultura correspondiente al Año Fiscal 2019, entre las Unidades Ejecutoras 001: Ministerio de Cultura - Administración General, 003: Zona Arqueológica Caral y 007: MC -Marcahuamachuco, por la suma de S/1 450 000,00 (Un millón cuatrocientos cincuenta mil con 00/100 Soles) con cargo a la Fuente de Financiamiento 2 Recursos Directamente Recaudados
Imponer la sanción de DESTITUCIÓN, al señor YOHAN ARAGÓN GRAJEDA, ex servidor bajo el régimen laboral regulado por el Decreto Legislativo N° 1057, quien prestó servicios como Ingeniero Informático y de Sistemas de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco al momento de la comisión de los hechos materia del presente procedimiento administrativo disciplinario; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación presentado por la señora Yneth Patricia Beuermann Cancino, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución; dándose por agotada la vía administrativa.
Designar temporalmente al señor Jairo II Jeisner Pinedo Piñas, personal sujeto al Régimen del Decreto Legislativo N° 1057, para que en adicion a sus funciones, ejerza las correspondientes al cargo de Director General de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones del 4 al 10 de junio de 2019; por las razones expuestas en los considerandos de la presente resolución.
Declarar procedente la abstención del señor José Antonio Bellido Suarez, en su calidad de Director de la Oficina General de Administración del Ministerio de Cultura, de acuerdo a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
Designar temporalmente con eficacia anticipada del 27 al 29 de mayo de 2019, al señor Luis Enrique Vivian Gonzales Peñaranda, personal sujeto al Régimen del Decreto Legislativo N° 1057, para que en adición a sus funciones ejerza las correspondientes al cargo de Director de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Moquegua; por las razones expuestas en los considerandos de la presente resolución.
Junio 2018
DECLARAR PRESCRITA la facultad para determinar la existencia de falta disciplinaria a los señores Oscar Montufar Latorre y Oscar Arce Zavala; por los motivos expuestos en la presente resolución.
DECLARAR PRESCRITA la facultad para determinar la existencia de faltas disciplinarias a los señores Ingrid Karen Barra Mateos, Arminda Margarita Gibaja Oviedo, Sofía Irene Iglesias Bedoya, César Augusto Ladrón de Guevara Álvarez, Carlos Julio Polo Recalde, Gonzalo Zambrano Inchaustegui, Vilma Barrientos Lima, Magali Leonor Gallardo del Castillo, Valerio Duran Lucana, Jorge Edson Lupo Veria, Javier Borda Huaypar y Edy Ivan Bustos Huilca, derivada del Informe de Auditoría Nº 006-2015-2-5765 denominado "Auditoría de Cumplimiento al Ministerio de Cultura, Unidad Ejecutora Nº 002- Dirección Desconcentrada de Cultura Cusco: Contratación de Bienes y Servicios", período comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2013; por los motivos expuestos en la presente resolución.
DECLARAR PRESCRITA la facultad para determinar la existencia de faltas disciplinarias a los señores Ulises Iván Ibáñez Burga, Jaime Arturo López Matsuoka, Manuel Arturo Santos Valencia, Ronald Paihua Tirado y César Mariano Lazo Ramírez, derivada del Informe Nº 005-2013-2-5765 "Examen Especial a la Gestión de la Dirección General de Fiscalización y Control" - "Expedientes sobre Procedimiento Administrativo Sancionador por Afectaciones al Patrimonio Cultural" período del 01 de enero de 2011 al 31 de diciembre de 2012; por los motivos expuestos en la presente resolución
DECLARAR PRESCRITA la facultad para determinar la existencia de faltas disciplinarias a la señora Blanca Margarita Alva Guerrero, derivada del Informe Nº 001-2012-2-5765, denominado "Examen Especial a los Proyectos de Evaluación Arqueológica - PEA" período del 1 de enero de 2009 al 31 de diciembre de 2010; por los motivos expuestos en la presente resolución.