Resoluciones Directorales
Marzo 2025
Reconocer como punto de cultura a la organización sin personería jurídica denominada “COMPAÑÍA DE DANZA DE TIJERAS Y MÚSICOS - LOS SAQRAS DE APURIMAC”, ubicada en la calle 11, manzana K1 lote 7, de la urbanización Villa Verde II Etapa, del distrito de Pachacamac, en la provincia y el departamento de Lima; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Reconocer como punto de cultura a la organización sin personería jurídica denominada “OFICINA DE LENGUAS Y CULTURAS INDÍGENAS (OLCI PERÚ)”, ubicada en la manzana F, lote 1, de la asociación de viviendas La Planicie, en la avenida El Bosque, en el distrito de San Juan de Lurigancho, de la provincia y el departamento de Lima; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Reconocer como punto de cultura a la organización sin personería jurídica denominada “AGRUPACIÓN FOLKLÓRICA TAYTA SOL Y RAÍCES”, ubicada en la calle Argentina N.º 110, del distrito y la provincia de Paita, en el departamento de Piura; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
ACEPTAR las solicitudes presentadas, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, por los representantes de las siguientes organizaciones:
ACEPTAR las solicitudes presentadas, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, de las siguientes personas:
ACEPTAR las solicitudes presentadas, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, por los representantes de las siguientes personas jurídicas:
ACEPTAR las solicitudes presentadas, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, por los representantes de las siguientes organizaciones:
ACEPTAR las solicitudes presentadas, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, de las siguientes personas:
Determinar, por el plazo de dos años prorrogable por el mismo plazo, la protección provisional del sitio arqueológico Huaca Celedonio, ubicado en el distrito de Lagunas, provincia de Chiclayo y departamento de Lambayeque, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PPROV-013-MC_DGPA-DSFL-2025 WGS84. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 008-2024-JCH-MTRS-UE005NAYLAMP-LAMBAYEQUE-MC de fecha 12 de diciembre de 2024, así como en el Memorando N° 000376-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, y los Informes N° 000026-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-MDR/MC, y N° 000112-2025-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, y el plano perimétrico con código PPROV-013-MC_DGPA-DSFL-2025 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
Determinar, por el plazo de dos años prorrogable por el mismo plazo, la protección provisional de la Zona Arqueológica Monumental La Murallas de Tajahuana, ubicado en el distrito de Santiago, provincia de Ica, departamento de Ica, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PPROV-039-MC_DGPA-DSFL-2022 WGS84. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 002-2025-ADPC-SDPCICI-DDC ICA-AHC/MC de fecha 22 de enero de 2025, así como en los Informes N° 000324-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000030-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-MMP/MC, y N° 000111-2025-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, y el plano perimétrico con código PPROV-039-MC_DGPA-DSFL-2022 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.