Resoluciones Directorales
Mayo 2021
IMPONER una sanción administrativa de multa de 1.875 UIT contra los administrados VID NAZCA SAC y MANUEL ORTIZ HUATUCO, de manera solidaria, por ser responsables de haber alterado el Paisaje Arqueológico Acueducto El Pino, ubicado dentro de la poligonal del Área de Reserva Arqueológica Líneas y Geoglifos de Nasca y Palpa, al haber efectuado, sin autorización del Ministerio de Cultura, la perforación de un pozo tubular, tala y quema de las palmeras, excavación para la instalación de las tuberías los mismos que tenían como objetivo la extracción del agua, además de la nivelación de los bordos del acueducto.
IMPONER una sanción administrativa de multa de 1.875 UIT contra el administrado INVERSIONES GENERALES KYC EIRL, por ser responsable de haber alterado el Zona Arqueológica “Pampa de los Perros”, ubicada en la margen derecha del río Chillón, distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, al haber ingresado, sin autorización del Ministerio de Cultura, un camión tipo tráiler de su propiedad, ocasionando el daño del cerco perimétrico (marco y malla metálica, un parante y una hoja de puerta); y la remoción de material cultural disperso (en un área de 105 m2 al interior de este monumento arqueológico), compuesto de fragmentos de cerámica y material malacológico.
IMPONER una sanción administrativa de demolición contra la administrada LAURA YESICA VALDIVIA ÁLVAREZ, identificada con DNI N° 48413172, respecto a la ejecución de obra privada, que no contó con autorización del Ministerio de Cultura y que alteró, de forma grave, las características formales del Complejo Arqueológico Toro Muerto, ubicado en los distritos de Uraca y Aplao, provincia de Castilla y departamento de Arequipa.
IMPONER la sanción administrativa de multa de 8.75 UIT contra la administrada María Ysabel Mejía de Barco, identificada con DNI N° 21449211, por la alteración leve del Ambiente Urbano Monumental de la Laguna de Huacachina, bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación; infracción prevista en el literal f) numeral 49.1 del artículo 49° de la Ley N° 28296, al haber ejecutado obras de ampliación y remodelación, sin autorización del Ministerio de Cultura en el inmueble que se encuentra ubicado en la Mz. Nº 16080, Lt. 03 del Balneario de Huacachina, distrito, provincia y departamento de Ica.
Archivar el Procedimiento Administrativo Sancionador instaurado mediante la Resolución Sub Directoral N° 000005-2020-SDPCIC/MC de fecha 03 de marzo de 2020, contra los administrados Gricel Mariela Vizarreta Rojo y William Alfredo Huamaní Zapata, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Denegar el reconocimiento como Punto de Cultura a la
organización denominada “LIBERACIÓN ARTÍSTICA”, por las razones expuestas en
la parte considerativa de la presente Resolución.
Denegar el reconocimiento como Punto de Cultura a la
organización denominada “ASOCIACION SEMBRADORES DE CULTURA”, por las
razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Aprobar la octava modificación del Plan Anual de Contrataciones (PAC) de la Unidad Ejecutora 001: Administración General del Pliego 003 - Ministerio de Cultura, correspondiente al Año Fiscal 2021, a fin de incluir dos (02) contrataciones y excluir una (01) contratación, las mismas que se encuentran contenidas en los Anexos adjuntos que forman parte integrante de la presente Resolución.
- Determinar la protección provisional de los tres (03) bienes
muebles que presuntamente constituyen Patrimonio Cultural de la Nación
Determinar la protección provisional de los dos (02) bienes
muebles que presuntamente constituyen Patrimonio Cultural de la Nación, según
Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución