Resoluciones Directorales
Agosto 2025
Otórguese la calificación de espectáculo público cultural no deportivo de música clásica al espectáculo denominado “ESPECTÁCULO DE TEATRO MUSICAL -SINFONÍA 360-THE BEATLES”, con eficacia anticipada al 14 de agosto, que se lleva a cabo desde la mencionada fecha, el 23 de agosto, y el 7 y 14 de setiembre de 2025, en la Cúpula, sito en avenida Carretera Panamericana Sur s/n parcela H , distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Otórguese la calificación de espectáculo público cultural no deportivo de teatro al espectáculo denominado “DIVERTIDANZA”, por realizarse el 31 de agosto de 2025, en el Teatro del Centro de la Amistad Peruano China, sito en avenida de la Peruanidad s/n, distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Otórguese la calificación de espectáculo público cultural no deportivo de folclore internacional al espectáculo denominado “ILLAPU EN LIMA”, por realizarse el día 13 de setiembre de 2025, en el Gran Teatro Nacional, sito en avenida Javier Prado Este 2225, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la calificación de espectáculo público cultural no deportivo, al espectáculo denominado “VELAS DE CUMPLEAÑOS”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
IMPONER UNA SUSPENSIÓN DEL RECONOCIMIENTO COMO PUNTO DE CULTURA POR DOCE (12) MESES al Punto de Cultura “Asociación Cultural del Caballo Peruano de Paso”, designado por Resolución Directoral N.º 000641-2024-DGIA-VMPCIC, con N.º 764 de Registro, y con domicilio legal en el jirón Belisario Suarez N.º 198, del distrito de Santiago de Surco, en la provincia y departamento de Lima.
Aprobar las bases del taller “Gestión de marca para emprendimientos culturales” el cual se desarrollará mediante modalidad virtual, los días 02, 07, 09, 14, 16 y 21 de octubre del 2025, las mismas que se encuentran adjuntas a la presente resolución y que forman parte de la misma.
Aprobar las bases del taller “Gestión de marca para emprendimientos culturales” el cual se desarrollará mediante modalidad virtual, los días 02, 07, 09, 14, 16 y 21 de octubre del 2025, las mismas que se encuentran adjuntas a la presente resolución y que forman parte de la misma.
Determinar la protección provisional del paisaje arqueológico Miculla Pachia–Sector A, B, C, D y E, ubicado en el distrito de Pachia, provincia de Tacna, departamento de Tacna, de acuerdo a las coordenadas de los planos perimétricos con código N° PP-112-MC_DGPA-DSFL-2017 WGS84, PP-113-MC_DGPA-DSFL-2017 WGS84, PP-118-MC_DGPA-DSFL-2017 WGS84, PP-119-MC_DGPA-DSFL-2017 WGS84, y PP-122-MC_DGPA-DSFL-2017 WGS84. Se determina la presente protección provisional por el plazo de dos años, salvo se identifique afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios, en cuyo caso el plazo máximo para la declaración y delimitación definitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el periodo que corresponda previo sustento. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 2025-KOH-DDC TAC-MC de fecha 17 de julio del 2025, así como en los Informes N° 001202-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000188-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-LMS/MC, y N° 000306-2025-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, y los planos perimétricos con código N° PP-112-MC_DGPA-DSFL-2017 WGS84, PP-113-MC_DGPA-DSFL-2017 WGS84, PP-118-MC_DGPA-DSFL-2017 WGS84, PP-119-MC_DGPA-DSFL-2017 WGS84, y PP-122-MC_DGPA-DSFL-2017 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
SANCIONAR a la administrada Elsa Flor Rudas Cabrera, con una multa de 0.25 Unidades Impositivas Tributarias, por haber incurrido en la infracción prevista en el literal e) del numeral 49.1 del artículo 49° de la Ley 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación
ACEPTAR las solicitudes presentadas, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, de las siguientes personas:
