Resoluciones Directorales

Desde
Hasta

Febrero 2023

Resolución Directoral N° 000037-2023-DGPA/MC

Determinar, por el plazo de dos años prorrogable por el mismo plazo, la protección provisional del sitio arqueológico Casa de Madera Norte ubicado en el distrito de Pomalca, provincia de Chiclayo y departamento de Lambayeque, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PPROV-006-MC_DGPA-DSFL-2023 WGS84. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección Nº 00132-2022-MTR-UE005-EBL/MC de fecha 28 de setiembre de 2022, así como en los Informes N° 000115-2023-DSFL/MC, N° 000003-2023-DSFL-MDR/MC, y N° 000033-2023-DGPA-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código PPROV-006-MC_DGPA-DSFL-2023 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.

Resolución Directoral N° 000036-2023-DGPA/MC

Rectificar el error material contenido en el Artículo Primero de la Resolución Directoral N° 000170-2022-DGPA/MC de fecha 27 de diciembre de 2022, que determinó la protección provisional del sitio arqueológico Patán Coto Sectores 1 y 2, ubicado entre los distritos de San Agustín de Cajas y Hualhuas, provincia de Huancayo, departamento de Junín, de acuerdo con lo siguiente:

Donde dice:

“ARTÍCULO PRIMERO.- DETERMINAR la Protección Provisional del sitio arqueológico Patán Coto Sectores 1 y 2, ubicado entre los distritos de San Agustín de Cajas y Hualhuas, provincia de Huancayo, departamento de Junín, por el plazo de dos años, prorrogable por el mismo periodo salvo se identifique afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios; en cuyo caso, el plazo máximo para la declaración y delimitación definitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el mismo periodo. El ámbito de la protección provisional se determina de acuerdo con lo descrito en los Planos Perimétricos con código PP-020- MC_DGPA/DSFL-2015 WGS84 presenta las siguientes coordenadas:

(…)

SITIO ARQUEOLÓGICO PATAN COTO SECTOR 2
VERTICE LADO DISTANCIA ANG. INTERNO ESTE (X) NORTE (Y)
44 44-45 116.84 100°11'9" 471342.8755 8674847.5654
45 45-46 19.83 257°38'56" 471457.3613 8674870.9018
46 46-47 32.18 99°18'57" 471457.6486 8674890.7318
47 47-48 38.98 91°26'32" 471489.4772 8674895.4806
48 48-49 16.64 229°46'31" 471496.1982 8674857.0820
49 49-50 35.77 143°26'59" 471510.5625 8674848.6894
50 50-51 19.72 266°30'37" 471524.6275 8674815.7989

Datum: WGS84
Proyección: UTM Zona UTM: 18S
Área: 52 248 m² (5.2249 ha)
Perímetro: 986.89 m

(…)

Debe decir:

“ARTÍCULO PRIMERO.- DETERMINAR la Protección Provisional del sitio arqueológico Patán Coto Sectores 1 y 2, ubicado entre los distritos de San Agustín de Cajas y Hualhuas, provincia de Huancayo, departamento de Junín, por el plazo de dos años, prorrogable por el mismo periodo salvo se identifique afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios; en cuyo caso, el plazo máximo para la declaración y delimitación definitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el mismo periodo. El ámbito de la protección provisional se determina de acuerdo con lo descrito en el Plano Perimétrico con código PP-020- MC_DGPA/DSFL-2015 WGS84 presenta las siguientes coordenadas:

(…)
SITIO ARQUEOLÓGICO PATAN COTO SECTOR 2
VERTICE LADO DISTANCIA ANG. INTERNO ESTE (X) NORTE (Y)
44 44-45 116.84 100°11'9" 471342.8755 8674847.5654
45 45-46 19.83 257°38'56" 471457.3613 8674870.9018
46 46-47 32.18 99°18'57" 471457.6486 8674890.7318
47 47-48 38.98 91°26'32" 471489.4772 8674895.4806
48 48-49 16.64 229°46'31" 471496.1982 8674857.0820
49 49-50 35.77 143°26'59" 471510.5625 8674848.6894
50 50-51 19.72 266°30'37" 471524.6275 8674815.7989
51 51-52 16.87 100°25'15" 471543.1983 8674822.4347
52 52-53 5.86 247°55'41" 471551.6534 8674807.8395
53 53-54 44.6 105°19'42" 471557.4516 8674808.6556
54 54-55 12.64 132°4'55" 471575.1236 8674767.7015
55 55-56 39.02 161°36'8" 471569.8684 8674756.2110
56 56-57 103.7 248°38'35" 471543.2710 8674727.6641
57 57-58 13.58 85°22'6" 471588.1903 8674634.1945
58 58-59 7.74 105°19'41" 471575.5167 8674629.3204
59 59-60 36.29 253°42'14" 471570.9275 8674635.5532
60 60-61 31.16 165°59'49" 471536.8381 8674623.0998
61 61-62 59.44 195°9'17" 471505.8494 8674619.8070
62 62-63 33.09 181°15'38" 471450.4392 8674598.2928
63 63-64 13 214°38'49" 471419.8642 8674585.6405
64 64-65 104.88 63°52'31" 471412.8070 8674574.7203
65 65-66 38.72 167°50'0" 471358.7858 8674664.6183
66 66-44 146.34 162°29'58" 471346.2856 8674701.2623

Datum: WGS84
Proyección: UTM Zona UTM: 18S
Área: 52 248 m² (5.2249 ha)
Perímetro: 986.89 m
(…)”

Anexar a la presente resolución el Informe N° 000158-2023-DSFL/MC y el Informe N° 000032-2023-DGPA-ARD/MC, para conocimiento y fines pertinentes.

RESOLUCION DIRECTORAL N° 000029-2023-OGA/MC_accesible

APROBAR al comité de selección, encargado del Concurso Público N° 003-2022/MC, para la contratación del “Servicio de seguridad y vigilancia para la Sede Central, Locales, Direcciones Desconcentradas y Complejo Arqueológico Monumental Cabeza de Vaca del Ministerio de Cultura”, el considerar válidas las ofertas económicas de los postores CONSORCIO MORGAN DEL ORIENTE S.A.C. - ARSENAL SECURITY S.A.C., en el ítem N° 2, y EMPRESA DE VIGILANCIA ARMADA Y SERVICIOS VIGSER S.A.C., en los ítem N° 6 y 7, por los montos de S/ 14,141,946.16 (Catorce Millones Ciento Cuarenta y Un Mil Novecientos Cuarenta y Seis con 16/100 Soles), S/ 1,631,546.88 (Un Millón Seiscientos Treinta y Un Mil Quinientos Cuarenta y Seis con 88/100 Soles) y S/ 704,540.64 (Setecientos Cuatro Mil Quinientos Cuarenta con 64/100 Soles), respectivamente, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución

RESOLUCION DIRECTORAL N° 000028-2023-DGDP/MC

Declarar firme y consentida la Resolución Directoral N° 049-2019-DGDP-VMPCIC/MC de fecha 26 de marzo de 2019, mediante la cual se resolvió el procedimiento administrativo sancionador que fue instaurado contra la Universidad Nacional del Centro del Perú, por la comisión de infracción prevista en el literal b) del numeral 49.1 del artículo 49 de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; por las consideraciones expuestas en la presente resolución se da por agotada la vía administrativa.

Resolución Directoral N° 000156-2023-DGIA/MC

Reconocer como punto de cultura a la organización denominada “ASOCIACIÓN CULTURAL ARTE Y CULTURA DE COAYLLO - ACACOAYLLO”, ubicada en Avenida Benavides Manzana G1, Lote 11, distrito de Coayllo, provincia de Cañete, departamento de Lima; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.

Resolución Directoral N° 000155-2023-DGIA/MC

Reconocer de oficio como punto de cultura a la organización denominada “ASOCIACIÓN FOLKLÓRICA COFRADÍA DE NEGRITOS MIGUEL GUERRA GARAY”, ubicada en Jirón San Martín N° 261, distrito, provincia y departamento de Huánuco; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.

Resolución Directoral N° 000154-2023-DGIA/MC

ACEPTAR las solicitudes presentadas, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, de las siguientes personas:

RESOLUCION DIRECTORAL N° 000069-2023-OGRH/MC

DESIGNAR TEMPORALMENTE las funciones de Director(a) de Sistema Administrativo III de la Oficina de Organización y Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a la señora Graciela Dolores Choque Balbín, por el periodo comprendido del 28 de febrero al 9 de marzo de 2023, de conformidad con los argumentos desarrollados en la presente resolución.

RESOLUCION DIRECTORAL N° 000038-2023-OGA/MC_accesible

Aprobar a primera modificación del Plan Anual de Contrataciones (PAC) de la Unidad Ejecutora 001: Administración General del Pliego 003: Ministerio de Cultura, correspondiente al Año Fiscal 2023, a fin de incluir un (01) contratación y excluir siete (07) contrataciones, que se encuentran en los Anexos adjuntos y forman parte integrante de la presente Resolución, conforme a los considerandos expuestos.

RESOLUCION DIRECTORAL 000033-2023-DPHI/MC

APROBAR la propuesta de aviso en el inmueble ubicado en avenida Almirante Miguel Grau N° 909, distrito de Barranco, provincia y departamento de Lima, según las dos láminas A-01, correspondientes al Plano del detalle del anuncio con las especificaciones técnicas y al Plano de la elevación frontal del inmueble con la propuesta del Anuncio, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.