Resoluciones Directorales
Septiembre 2021
Denegar el reconocimiento como Punto de Cultura a la
organización denominada “Institución Folclórica Cultural Kallpa Kuyay Tusuy”, por las
razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Denegar el reconocimiento como Punto de Cultura a la organización denominada “POETALICA”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Denegar el reconocimiento como Punto de Cultura a la organización denominada “COMPAÑÍA DE DANZA QUILLARY PERÚ”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Denegar el reconocimiento como Punto de Cultura a la organización denominada “ASOCIACIÓN FOLKLÓRICA WIÑAYPAQ PERÚ”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Denegar el reconocimiento como Punto de Cultura a la organización denominada “MOVIMIENTO ACUSTICO”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Denegar el reconocimiento como Punto de Cultura a la organización denominada “RESIDENCIA ARTÍSTICA LOS CIELOS DE CARAPONGO”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Denegar el reconocimiento como Punto de Cultura a la organización denominada “NIÑOS HUÉRFANOS DEL TERRORISMO DE BELÉN HUERACCOS”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Denegar el reconocimiento como Punto de Cultura a la organización denominada “LITERARTE”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
EMITIR la autorización sectorial requerida para el otorgamiento de licencia de funcionamiento para el uso de Venta al por menor de artículos para el hogar N.C.P. (Venta de instrumentos musicales y partituras), en el establecimiento ubicado en Plaza Dos de Mayo Nº 12, distrito, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
APROBAR la propuesta de aviso publicitario en el inmueble ubicado en Av. Emancipación N° 195 – 199 y Jr. Camaná N° 605 – 609 – 611, distrito, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.