Resoluciones Directorales
Febrero 2022
ARCHIVAR el Procedimiento Administrativo Sancionador instaurado contra la administrada Martha Yalan Silva, identificada con DNI N° 21445437, mediante la Resolución Subdirectoral N° 000027-2021-SDPCIC/MC de fecha 07 de diciembre de 2021, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Aprobar la segunda modificación del Plan Anual de Contrataciones (PAC) de la Unidad Ejecutora 001: Administración General del Pliego 003: Ministerio de Cultura, correspondiente al Año Fiscal 2022, a fin de incluir tres (03) contrataciones, que se encuentran en el Anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolución, conforme a los considerandos expuestos.
Determinar, por el plazo de dos años prorrogable por el mismo periodo, la protección provisional del sitio arqueológico Poza Redonda, ubicado en el distrito de Sama, provincia y departamento de Tacna, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PP-142-MC_DGPA/DSFL-2015 WGS84. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 001-2021-RMH-DDC TAC-MC de fecha 14 de diciembre de 2021, así como en los Informes N° 000898-2021-DSFL/MC, N° 000175-2021-DSFL-JER/MC, N° 000017-2022-DGPA-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código PP-142-MC_DGPA/DSFL-2015 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
APROBAR la propuesta de avisos - comerciales en el inmueble ubicado en Jr. Camaná 390, del distrito, provincia y departamento de Lima, según la lámina: P-02 y detalles del aviso, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Declarar IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto por la Asociación Junta de Propietarios del Mercado La Aurora a través de su representante con el expediente N° 0079374-2021 contra el Oficio N° 001180-2021-DPHI/MC emitido en fecha 27 de julio del 2021 por la Dirección de Patrimonio Histórico Inmueble; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Otórguese la calificación de espectáculo público cultural no
deportivo, al espectáculo de teatro denominado “Ofelia no estaba loca”, a desarrollarse
los días 10, 17 y 24 de marzo del 2022, en el Nuevo Teatro Julieta, sito en Pasaje
Porta N° 132, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima, por las razones
expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Otórguese la calificación de espectáculo público cultural no
deportivo, al espectáculo de ballet denominado “CUENTOS DE PRINCESAS”, a
desarrollarse los días 26 y 27 de febrero del 2022, en el Teatro Municipal de Lima, sito
en Jirón Ica N° 377, distrito de Cercado de Lima, por las razones expuestas en la parte
considerativa de la presente Resolución.
Otórguese la calificación de espectáculo público cultural no
deportivo, al espectáculo de teatro denominado “Festival Internacional de Arte
Escénico Eco Teatro - FIAEET 2022”, a desarrollarse del 21 al 27 de marzo del 2022,
a través de la plataforma digital de Cantares Perú Teatro en Facebook FIAEET- Perú,
por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución, de
acuerdo a la programación que se detalla a continuación:
IMPONER una sanción de demolición, a la administrada DOMITILA PEREZ PEREZ, identificada con DNI N° 41927790, por haberse acreditado su responsabilidad en la ejecución de una obra privada (construcción de un muro perimétrico de madera, para la división de su lote, y la construcción de columnas de fierro y un muro de ladrillo), no autorizada por el Ministerio de Cultura, realizada al interior del área intangible de la Zona Arqueológica Necrópolis de Ancón, ubicada en el distrito de Ancón, provincia y departamento de Lima.
Declarar firme y consentida la Resolución Directoral N° 000288-2021-DGDP/MC de fecha 16 de noviembre del 2021, mediante la cual se resolvió el procedimiento administrativo sancionador que fue instaurado contra la Sociedad de Beneficencia de Lima Metropolitana, por las consideraciones expuestas en la presente resolución; dándose por agotada la vía administrativa.