Resoluciones Directorales
Mayo 2022
IMPONER una sanción de demolición, a la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS, identificada con RUC N° 20131368152, por haberse acreditado su responsabilidad en la ejecución de una obra pública, no autorizada por el Ministerio de Cultura, al interior de la Z.A.M Armatambo-Morro Solar (Parcela A), ubicada en el distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima, infracción prevista en el literal f) del numeral 49.1 del Art. 49° de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, imputada en la Resolución Directoral N° 000009-2022-DCS/MC de fecha 21 de febrero de 2022, rectificada mediante Resolución Directoral N° 000032-2022-DCS/MC de fecha 21 de abril de 2022. La demolición deberá comprender la pérgola y jardineras circulares, que fueron construidas en el bien arqueológico, identificadas en el Informe Técnico N° 000004-2022-DCS-CDT/MC de fecha 02 de febrero de 2022.
Determinar la protección provisional del paisaje arqueológico Camino Prehispánico Sub Tramo: Arco Ticatica - Chinchero - Urubamba - Ollantaytambo, Sección Sencca - Fortaleza, Segmento 8 ubicado en el distrito, provincia y departamento de Cusco, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código DA-PP-PQÑ 012. Se determina la presente protección provisional por el plazo de dos años prorrogable por el mismo periodo, salvo se identifique afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios, en cuyo caso el plazo máximo para la declaración y delimitación definitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el mismo periodo. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección Nº 008–2022-IPSVA-PQN-MC de fecha 21 de marzo de 2022, así como en los Informes N° 000250-2022-DSFL/MC, N° 000063-2022-DSFL-JER/MC, y N° 000070-2022-DGPA-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código DA-PP-PQÑ 012, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
Determinar la protección provisional del paisaje arqueológico Camino Prehispánico Sub Tramo: Arco Ticatica - Chinchero - Urubamba - Ollantaytambo, Sección Sencca - Fortaleza, Segmento 7 ubicado en el distrito, provincia y departamento de Cusco, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código DA-PP-PQÑ 011. Se determina la presente protección provisional por el plazo de dos años prorrogable por el mismo periodo, salvo se identifique afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios, en cuyo caso el plazo máximo para la declaración y delimitación definitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el mismo periodo. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección Nº 007–2022-IPSVA-PQN-MC de fecha 21 de marzo de 2022, así como en los Informes N° 000249-2022-DSFL/MC, N° 000062-2022-DSFL-JER/MC, y N° 000069-2022-DGPA-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código DA-PP-PQÑ 011, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
Determinar la protección provisional del paisaje arqueológico Camino Prehispánico Sub Tramo: Arco Ticatica - Chinchero - Urubamba - Ollantaytambo, Sección Sencca - Fortaleza, Segmento 6 ubicado en el distrito, provincia y departamento de Cusco, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código DA-PP-PQÑ 010. Se determina la presente protección provisional por el plazo de dos años prorrogable por el mismo periodo, salvo se identifique afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios, en cuyo caso el plazo máximo para la declaración y delimitación definitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el mismo periodo. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección Nº 006–2022-IPSVA-PQN-MC de fecha 21 de enero de 2022, así como en los Informes N° 000248-2022-DSFL/MC, N° 000061-2022-DSFL-JER/MC, y N° 000068-2022-DGPA-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código DA-PP-PQÑ 010, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
Emitir la autorización sectorial del proyecto que implicaría intervención en espacio público referido al incremento de carga en baja tensión hasta 50kW del inmueble ubicado en Jr. Cuzco 744, distrito, provincia y departamento de Lima, distrito, provincia y departamento de Lima, ubicado dentro de la Zona Monumental de Lima, presentada por el señor Otto C. Carrasco Merino, en calidad de Gerente Comercial de la Empresa Construcciones Residenciales SAC, con expediente Nº 2022-0000554 y expediente N° 0015946-2022, de acuerdo con lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.
ACEPTAR la donación de bienes muebles adquiridos en el territorio nacional y otorgados a favor del Ministerio de Cultura por la organización sin fines de lucro CyArk, con sede y lugar principal de negocios en 246 30th Street Unit 102, Oakland, California 94611, Estados Unidos de Norte América, valorizado en US$ 4,013.20 (Cuatro Mil Trece y 20/100 Dólares Americanos), según consta en el Acta de Entrega - Recepción suscrita con fecha 22 de marzo de 2022, con la finalidad de que puedan ser destinados a la actividad práctica del personal técnico del Proyecto Integral Aypate de la Secretaría Técnica del Qhapaq Ñan-Sede Nacional, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución y según la relación detallada, las cantidades, los valores unitarios y totales descritos en el siguiente cuadro:
Declarar IMPROCEDENTE la calificación de espectáculo público cultural no deportivo, al espectáculo denominado “Hay temas por tocar”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Otórguese la calificación de espectáculo público cultural no deportivo, al espectáculo de teatro denominado “5904 (Work in progress)”, a desarrollarse el día 02 de junio del 2022, en el Teatro de la Alianza Francesa de Lima, sito en Avenida Arequipa N° 4595, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Otórguese la calificación de espectáculo público cultural no deportivo, al espectáculo de teatro denominado “Trilogía de la ceguera: La intrusa, Interior y Los ciegos”, a desarrollarse del 30 de junio al 03 de julio del 2022, en el Teatro Ricardo Blume, sito en Jirón Huiracocha N° 2160, distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Otórguese la calificación de espectáculo público cultural no deportivo, al espectáculo de teatro denominado “RELATOS SALVAJES”, a desarrollarse del 23 al 26 de junio del 2022, en el Teatro Ricardo Blume, sito en Jirón Huiracocha N° 2160, distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.