Resoluciones Directorales
Octubre 2022
DENEGAR la autorización sectorial requerida para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento para el uso solicitado de “servicio de bebidas (cafeterías, fuentes de soda, heladería, juguerías y afines)”, en el establecimiento ubicado en Jr. Miroquesada N° 605-A, del distrito, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
DENEGAR la autorización sectorial requerida para el otorgamiento de licencia de funcionamiento para el uso de Servicios de Agencias de Viaje y Turismo, en el establecimiento ubicado en avenida Nicolás de Piérola N° 943, distrito, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
IMPONER una sanción administrativa de multa, ascendente a 6 UIT, contra la empresa DAMGIU COSTRUZIONI SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA, identificada con RUC N° 20605837396 e inscrita en la Partida Electrónica N° 14427549 del Registro de Personas Jurídicas de Lima, por ser responsable de la ejecución de una obra privada, no autorizada por el Ministerio de Cultura, en la Zona Monumental y Centro Histórico de Lima, en el sector donde se ubica el inmueble de su propiedad, con frente al Jr. Breña N° 355, 365 y 375, esquina con Pasaje María Auxiliadora N° 190, distrito de Breña, provincia y departamento de Lima, imputada en la Resolución Directoral N° 000021-2022-DCS/MC de fecha 29 de marzo de 2022.
Determinar la protección provisional del paisaje arqueológico Camino Inca: Tramo Hawkaypata – Izcuchaca Sección Huasahuara - Cachimayo Segmento 2, ubicado en el distrito, provincia y departamento de Cusco, ubicado en el distrito, provincia y departamento de Cusco, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código DA-PP-PQÑ 033. Se determina la presente protección provisional por el plazo de dos años prorrogable por el mismo periodo, salvo se identifique afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios, en cuyo caso el plazo máximo para la declaración y delimitación definitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el mismo periodo. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección Nº 0012–2022-IPSVA-PQN-MC de fecha 10 de agosto de 2022, así como en los Informes N° 000752-2022-DSFL/MC, N° 000064-2022-DSFL-MMP/MC, y N° 000148-2022-DGPA-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código DA-PP-PQÑ 033, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
Determinar la protección provisional del sitio arqueológico Farallones de Ccorca, ubicado en el distrito de Ccorca, provincia y departamento de Cusco, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PPROV-060-MC-DGPA-DSFL-2022 WGS84. Se determina la presente protección provisional por el plazo de dos años prorrogable por el mismo periodo, salvo se identifique afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios, en cuyo caso el plazo máximo para la declaración y delimitación definitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el mismo periodo. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección Nº 000898–2022-CZSAVC- MC de fecha 30 de junio de 2022, así como en los Informes N° 000747-2022-DSFL/MC, N° 000062-2022-DSFL-MMP/MC, y N° 000146-2022-DGPA-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código PPROV-060-MC-DGPA-DSFL-2022 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
Determinar la protección provisional del paisaje arqueológico Camino Inca: Tramo Hawkaypata – Izcuchaca Sección Huasahuara - Cachimayo Segmento 1, ubicado en el distrito, provincia y departamento de Cusco, ubicado en el distrito, provincia y departamento de Cusco, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código DA-PP-PQÑ 032. Se determina la presente protección provisional por el plazo de dos años prorrogable por el mismo periodo, salvo se identifique afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios, en cuyo caso el plazo máximo para la declaración y delimitación definitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el mismo periodo. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección Nº 0011–2022-IPSVA-PQN-MC de fecha 10 de agosto de 2022, así como en los Informes N° 000751-2022-DSFL/MC, N° 000063-2022-DSFL-MMP/MC, y N° 000147-2022-DGPA-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código DA-PP-PQÑ 032, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
la siguiente relación de postulaciones APTAS para los estands colectivos en la 9.a Feria Internacional del Libro de Cusco, previstas en las “Bases de la convocatoria para la participación en los estands colectivos de La Independiente en ferias nacionales, 2022”, así como, para la evaluación del comité evaluador
la siguiente relación de postulaciones APTAS para los estands colectivos en la 9.a Feria Internacional del Libro de Cusco, previstas en las “Bases de la convocatoria para la participación en los estands colectivos de La Independiente en ferias nacionales, 2022”, así como, para la evaluación del comité evaluador
DECLARAR como beneficiarias del ‘Concurso Nacional de
Proyectos de Investigación sobre Cinematografía y Audiovisual – 2022’, en base a lo
establecido en el acta de evaluación del mismo concurso, a las siguientes Personas
Naturales:
Declarar IMPROCEDENTE la calificación de espectáculo público
cultural no deportivo, al espectáculo denominado “LA VIDA ES SUEÑO”, por las
razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución