Resoluciones Directorales
Febrero 2023
Otórguese la calificación de espectáculo público cultural no deportivo, al espectáculo de folclore nacional denominado “MAURICIO MESONES Y EL VIAJE TROPICAL Y LA ORQUESTA SINFÓNICA DE LOS CUATRO SUYOS PRESENTAN: CUMBIA SINFÓNICA” a desarrollarse el día 15 de julio del 2023, en el Gran Teatro Nacional, sito en Avenida Javier Prado Este N° 2225, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Rectifíquese el error material incurrido en la parte considerativa y en los artículos primero y segundo de la Resolución Directoral N° 000079-2023DGIA/MC, de acuerdo al siguiente detalle:
ACEPTAR las solicitudes presentadas, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, de las siguientes personas:
Determinar la protección provisional del sitio arqueológico Cueva de Mito, ubicado en el distrito San Nicolás, provincia de Rodríguez de Mendoza, Departamento de Amazonas, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PPROV-005-MC_DGPA-DSFL-2023 WGS84. Se determina la presente protección provisional por el plazo de dos años prorrogable por el mismo periodo, salvo se identifique afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios, en cuyo caso el plazo máximo para la declaración y delimitación definitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el mismo periodo. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección Nº 001–2022/MEMP/ARQL°/DDC-AMA/MC de fecha 17 de octubre de 2022, así como en los Informes N° 000089-2023-DSFL/MC, N° 000007-2023-DSFL-MMP/MC, y N° 000017-2023-DGPA-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código PPROV-005-MC_DGPA-DSFL-2023 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
Determinar la protección provisional del sitio arqueológico Coscospa, ubicado en el distrito de Chuquibamba, provincia de Condesuyos y departamento de Arequipa, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PPROV-002-MC-DGPA-DSFL-2023 WGS84. Se determina la presente protección provisional por el plazo de dos años prorrogable por el mismo periodo, salvo se identifique afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios, en cuyo caso el plazo máximo para la declaración y delimitación definitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el mismo periodo. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección Nº 16-2022-SGBG de fecha 22 de octubre de 2022, así como en los Informes N 000044-2023-DSFL/MC, N° 000013-2023-DSFL-HAH/MC, y N° 000016-2023-DGPA-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código PPROV-002-MC-DGPA-DSFL-2023 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
Determinar la protección provisional del sitio arqueológico Gorgorin Sector 2 y Sector 3, ubicado en el distrito de Chacayán, provincia de Daniel Alcides Carrión, departamento de Pasco, de acuerdo a las coordenadas de los planos perimétricos con código PROV-001-APA-DDC-PAS/MC-2022 y PROV-002-APA-DDC-PAS/MC-2022. Se determina la presente protección provisional por el plazo de dos años prorrogable por el mismo periodo, salvo se identifique afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios, en cuyo caso el plazo máximo para la declaración y delimitación definitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el mismo periodo. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección Nº 00001-2022-DDC PAS HPH/MC de fecha 14 de diciembre de 2022, así como en los Informes N° 000008-2023-DSFL/MC, N° 000001-2023-DSFL-NGC/MC, y N° 000010-2023-DGPA-ARD/MC, y en los planos perimétricos con código PROV-001-APA-DDC-PAS/MC-2022 y PROV-002-APA-DDC-PAS/MC-2022, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
Determinar la protección provisional del paisaje arqueológico Patapata-Rumitabla, ubicado en el distrito de San Jerónimo, provincia y departamento de Cusco, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PPROV-001-MC_DGPA-DSFL-2023 WGS84. Se determina la presente protección provisional por el plazo de dos años prorrogable por el mismo periodo, salvo se identifique afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios, en cuyo caso el plazo máximo para la declaración y delimitación definitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el mismo periodo. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección Nº 0014-2022-CZSAVC-MC de fecha 28 de setiembre de 2022, así como en los Informes N° 000039 -2023-DSFL/MC, N° 000003-2023-DSFL-MMP/MC, y N° 000015-2022-DGPA-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código PPROV-001-MC_DGPA-DSFL-2023 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
Imponer sanción administrativa de multa de 2.5 UIT contra la administrada Carlinda V. Eyemo Carrasco Pacheco, identificada con DNI N° 80349787, por haberse acreditado su responsabilidad en la alteración de la Zona Arqueológica Monumental Bandurria, ubicada en el distrito de Huacho, provincia de Huaura y departamento de Lima; consistente en: labores de remoción (presuntamente con maquinaria pesada) para acondicionar un terreno de cultivo, se aprecian los surcos (ampliación de terrenos de cultivos), al interior del área intangible, infracción prevista en el literal e) del numeral 49.1 del artículo 49° de la LGPCN, imputada en el Procedimiento Administrativo Sancionador instaurado mediante la Resolución Directoral N° 000042-2022- DCS/MC de fecha 17 de mayo de 2022.
DENEGAR la autorización sectorial requerida para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento para ejercer las actividades de: “restaurante bar”, en el inmueble ubicado en Jr. Puno N° 204, del distrito, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
DELEGAR en el Director/a de las Direcciones Desconcentradas de Cultura de Cusco, Junín, Loreto, Moquegua y Puno, en su ámbito territorial, la facultad de brindar asistencia técnica y disponer acciones preventivas y de emergencia en las edificaciones y sitios de las épocas colonial, republicana y contemporánea que presentan la condición declarados como bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación que se encuentran en situación de riesgo, establecida en el numeral 54.10 del artículo 54 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura hasta el 31 de diciembre de 2023; las cuales se deben ceñir a lo señalado en los Anexos 01 y 02 que forman parte de la presente Resolución.