Resoluciones Directorales
Febrero 2023
Determinar la protección provisional del sitio arqueológico Huayllaripa “A” y “B”, ubicado en el distrito de Sañayca, provincia de Aymaraes, departamento de Apurímac, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código N° PPRO-011. Se determina la presente protección provisional por el plazo de dos años prorrogable por el mismo periodo, salvo se identifique afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios, en cuyo caso el plazo máximo para la declaración y delimitación definitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el mismo periodo. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección 000014-2023-DDC APU-DVV/MC de fecha 09 de enero de 2022, así como en los Informes N° 000114-2023-DSFL/MC, N° 000039-2023-DSFL-NGC/MC, y N° 000029-2023-DGPA-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código N° PPRO-011, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
DECLARAR INFUNDADO el recurso de reconsideración interpuesto por el señor Sixto Contreras Valdez y señora Teresa Otiniano Castillo, contra la Resolución Directoral N° 000104-2022-DPHI/MC, de fecha 15 de agosto de 2022, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
DENEGAR la autorización sectorial requerida para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento para ejercer la actividad de “Restaurante- Chifa”, para el establecimiento sito en Jr. De la Unión N° 1072, en el distrito, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
DENEGAR la autorización sectorial requerida para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento para ejercer las actividades de “Clínica – Servicios Médicos”, para el establecimiento sito en Jr. Ancash N° 801-809, distrito, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
ACEPTAR las solicitudes presentadas, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, de las siguientes personas:
DESIGNAR TEMPORALMENTE en el puesto de Director(a) de Programa Sistema Administrativo III de la Oficina de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a la señora Pamela Anaya Monzón, con eficacia anticipada a partir del 10 de febrero de 2023, en adición a sus funciones; conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
Determinar, por el plazo de dos años prorrogable por el mismo plazo, la protección provisional del sitio arqueológico Santa Ana “A” o San Juan sector 2, ubicado en el distrito de Ricardo Palma, provincia de Huarochirí, departamento de Lima, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PP-024-MC-DGPC/DA-2012 WGS84. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección Nº 006-2022-LAMS/DCS/DGDP/VMPCIC/MC de fecha 14 de noviembre de 2022, así como en los Informes N° 000110-2023-DSFL/MC, N° 000007-2023-DSFL-MDRMC, y N° 000028-2023-DGPA-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código PP-024-MC-DGPC/DA-2012 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
Aprobar la baja física y contable de ocho (08) cámaras de video de propiedad del Ministerio de Cultura por la causal de sustracción, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, según el detalle técnico, el código patrimonial, la cuenta contable y los valores detallados en el siguiente cuadro, a fin de excluir de los registros patrimoniales y contables del Ministerio de Cultura:
ACEPTAR las solicitudes presentadas, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, de las siguientes personas:
ACEPTAR las solicitudes presentadas, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, de las siguientes personas: