Resoluciones Directorales
Mayo 2023
DECLARAR como beneficiario del ‘Estímulo al Fortalecimiento de Capacidades – 2023’, a la siguiente Persona Natural:
DECLARAR como beneficiaria del ‘Estímulo al Fortalecimiento de Capacidades– 2023’, a la siguiente Persona Natural:
DECLARAR como beneficiario del ‘Estímulo al Fortalecimiento de Capacidades – 2023’, a la siguiente Persona Natural:
DECLARAR como beneficiaria del ‘Estímulo al Fortalecimiento de Capacidades – 2023’, a la siguiente Persona Natural:
DECLARAR como beneficiaria del ‘Estímulo al Fortalecimiento de Capacidades– 2023’, a la siguiente Persona Natural:
DECLARAR como beneficiaria del ‘Estímulo al Fortalecimiento de Capacidades– 2023’, a la siguiente Persona Natural:
Denegar el reconocimiento como Punto de Cultura a la organización denominada “ESCUELA DE FORMACIÓN EN LIDERAZGO Y ARTES”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Otórguese la calificación de espectáculo público cultural no deportivo, al espectáculo de folclore nacional denominado “IX CONCURSO SELECTIVO DE MARINERA SAN MIGUEL 2023”, a desarrollarse el día 21 de mayo del 2023, de manera presencial en el Coliseo del Colegio Claretiano, sito en Auxiliar Av. Parque de las Leyendas N° 555, distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima; y de manera virtual a transmitirse vía streaming a través de la plataforma virtual www.clublibertad.live, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
ACEPTAR las solicitudes presentadas, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, por los representantes de las siguientes personas jurídicas:
Otórguese la calificación de espectáculo público cultural no deportivo, al espectáculo de folclore nacional denominado “EVA CON LIBERTAD”, a desarrollarse los días 12 y 13 de mayo del 2023, en el Auditorio del Colegio Santa Úrsula, sito en Av. Santo Toribio N° 150, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.