Resoluciones Directorales
Mayo 2023
EMITIR la autorización sectorial requerida para el otorgamiento de licencia de funcionamiento para el uso de venta al por menor de artículos de relojería y joyería, en el establecimiento ubicado en Jr. De La Unión Nº 726, distrito, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Determinar la protección provisional de un (01) bien mueble que presuntamente constituye Patrimonio Cultural de la Nación
Otórguese la calificación de espectáculo público cultural no deportivo, al espectáculo de folclore nacional denominado “RÍO ÉRASE UNA VEZ (CONCIERTO DEL GRUPO RÍO)”, a desarrollarse el día 06 de mayo del 2023, en el Gran Teatro Nacional, sito en Avenida Javier Prado Este N° 2225, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Determinar, por el plazo de dos años prorrogable por el mismo plazo, la protección provisional del sitio arqueológico Huaya Grande, ubicado en el distrito de Humay, provincia de Pisco y departamento de Ica, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PPROV-033-MC_DGPA-DSFL-2023 WGS84. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección Nº 002-2023-SDPCIC-DDC ICA/MC de fecha 03 de abril de 2023, así como en los Informes N° 000436-2023-DSFL/MC, N° 000067-2023-DSFL-LMS/MC, y N° 000095-2023-DGPA-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código PPROV-033-MC_DGPA-DSFL-2023 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
Declarar la caducidad y, en consecuencia, el archivo del Procedimiento Administrativo Sancionador instaurado mediante la Resolución Subdirectoral N° 000036-2022-SDPCICII/MC, de fecha 22 de junio del 2022, contra la administrada Ana Cristina Meléndez Gutiérrez, identificada con DNI N° 28262165, sin perjuicio de que el órgano instructor evalúe la apertura de un nuevo procedimiento administrativo sancionador, en caso corresponda.
Declarar la caducidad y, en consecuencia, el archivo del Procedimiento Administrativo Sancionador instaurado mediante la Resolución Subdirectoral N° 000036-2022-SDPCICII/MC, de fecha 22 de junio del 2022, contra la administrada Ana Cristina Meléndez Gutiérrez, identificada con DNI N° 28262165, sin perjuicio de que el órgano instructor evalúe la apertura de un nuevo procedimiento administrativo sancionador, en caso corresponda.
Declarar infundado el recurso de reconsideración presentado por el señor PEDRO ALFONSO CHIRINOS UCHUYA, identificado con DNI N° 21452889 contra la Resolución Directoral Nº 000030-2023-DGDP/MC, de fecha 08 de marzo de 2023 y confirmar lo resuelto en ella, por las consideraciones expuestas en el presente informe.
Declarar infundado el recurso de reconsideración presentado por el señor PEDRO ALFONSO CHIRINOS UCHUYA, identificado con DNI N° 21452889 contra la Resolución Directoral Nº 000030-2023-DGDP/MC, de fecha 08 de marzo de 2023 y confirmar lo resuelto en ella, por las consideraciones expuestas en el presente informe.
Emitir la autorización sectorial del proyecto que implicaría la construcción de dos cámaras, construcción de canalización y apertura de cinco cámaras existentes para la instalación de fibra óptica en ductos subterráneos ubicado en Av. Pedro de Osma (lado par) próximo Psje. Bresciani, Av. Pedro de Osma (lado impar) altura N° 217, Av. Pedro de Osma (lado impar) altura N° 241 hasta llegar Av. Pedro de Osma (lado par) próximo Psje. Bresciani, Av. Almirante Miguel Grau (lado impar) altura predio N° 315, Av. Miguel Grau (lado par) altura predio N° 213, Av. Almirante Miguel Grau (lado impar) altura predio N° 203, Av. Pedro de Osma (lado impar) esquina Jr. Corpancho (lado par), Av. Pedro de Osma (lado par) altura predio N° 156; Av. Pedro de Osma (lado par) próximo Psje. Bresciani; Av. Pedro de Osma (lado impar) altura N° 217, distrito Barranco.
Determinar, por el plazo de dos años prorrogable por el mismo plazo, la protección provisional del sitio arqueológico Cerro Desmotadora ubicado en el distrito de Motupe, provincia y departamento de Lambayeque, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PPROV-032-MC_DGPA-DSFL-2023 WGS84. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección Nº 01-2023-LMGA-DDC LAMBAYEQUE-MC de fecha 03 de abril de 2023, así como en los Informes N° 000434-2023-DSFL/MC, N° 000078-2023-DSFL-MDR/MC, y N° 000092-2023-DGPA-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código PPROV-032-MC_DGPA-DSFL-2023 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.