Resoluciones Directorales
Agosto 2023
Declarar IMPROCEDENTE la queja administrativa por defecto de tramitación planteada por la señora Wendy Melisa Palacios Infantes, por infracción e incumplimiento de los plazos establecidos legalmente, en relación a la solicitud de revision de procedimiento del Régimen de Excepción Temporal dispuesto en la
Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1255 y Nº 1467, en el inmueble ubicado en calle Artesanos N° 184, distrito, provincia y departamento de Lima, presentada, conforme a las consideraciones expuestas en la presente Resolución.
Exclúyase del “Premio Nacional de Literatura en el marco de lo previsto en el Decreto Supremo N° 018-2021-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31053, Ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro” - Edición 2023, en la categoría “Cuento”, la obra denominada “LA PLANTITA QUE CAYÒ DEL COSMOS”, presentada por postulante JUAN GUTEMBERG EDITORES IMPRESORES E.I.R.L., conforme a las consideraciones señaladas en la presente resolución.
Exclúyase del “Premio Nacional de Literatura en el marco de lo previsto en el Decreto Supremo N° 018-2021-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31053, Ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro” - Edición 2023, en la categoría “Cuento”, la obra denominada “TENEBRISMO”, presentada por MENDOZA CERNA MIRZA PATRICIA, conforme a las consideraciones señaladas en la presente resolución.
Exclúyase del “Premio Nacional de Literatura en el marco de lo previsto en el Decreto Supremo N° 018-2021-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31053, Ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro” - Edición 2023, en la categoría “Literatura Infantil y Juvenil”, la obra denominada “NEGRA, ESCLAVA Y RELIGIOSA”, presentada AGUILAR CANDIOTTI ZELMIRA ISABEL, conforme a las consideraciones señaladas en la presente resolución.
Exclúyase del “Premio Nacional de Literatura en el marco de lo previsto en el Decreto Supremo N° 018-2021-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31053, Ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro” - Edición 2023, en la categoría “Poesía”, la obra denominada “PAPIROS DE TIRESIAS”, presentada por ESPINOZA SANCHEZ JORGE, conforme a las consideraciones señaladas en la presente resolución.
Exclúyase del “Premio Nacional de Literatura en el marco de lo previsto en el Decreto Supremo N° 018-2021-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31053, Ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro” - Edición 2023, en la categoría “Literatura infantil y juvenil”, la obra denominada “CONSTITUCIÓN POLÍTICA AYAR”, presentada por BORJA FLORES VIRGINIA, conforme a las consideraciones señaladas en la presente resolución.
Exclúyase del “Premio Nacional de Literatura en el marco de lo previsto en el Decreto Supremo N° 018-2021-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31053, Ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro” - Edición 2023, en la categoría “Literatura infantil y juvenil”, la obra denominada “CONSTITUCIÓN POLÍTICA AYAR”, presentada por BARRIGA BERNEDO OSCAR ERNESTO, conforme a las consideraciones señaladas en la presente resolución.
Exclúyase del “Premio Nacional de Literatura en el marco de lo previsto en el Decreto Supremo N° 018-2021-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31053, Ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro” - Edición 2023, en la categoría “Literatura infantil y juvenil”, la obra denominada “LA TINTA DE MI MEMORIA”, presentada por ASTRAGALO EDICIONES S.A.C., conforme a las consideraciones señaladas en la presente resolución.
Exclúyase del “Premio Nacional de Literatura en el marco de lo previsto en el Decreto Supremo N° 018-2021-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31053, Ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro” - Edición 2023, en la categoría “Poesía”, la obra denominada “CON CORD ANCIA”, presentada por PEREZ GARCIA LENIN DAVID, conforme a las consideraciones señaladas en la presente resolución.
Exclúyase del “Premio Nacional de Literatura en el marco de lo previsto en el Decreto Supremo N° 018-2021-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31053, Ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro” - Edición 2023, en la categoría “Poesía”, la obra denominada “LA SOMBRA DEL CAMINO”, presentada por FUENTES PASTOR HELARD ANDRE, conforme a las consideraciones señaladas en la presente resolución.