Resoluciones Directorales
Enero 2025
DECLARAR improcedente el recurso de reconsideración interpuesto por Pastiparrillas Las Palmeras S.A.C. contra la Resolución Directoral N° 000127-2024-DGDP-VMPCIC/MC de fecha 15 de mayo de 2024, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
SANCIONAR a la empresa CORPORACIÓN AGROLATINA SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA (CORPORACIÓN AGROLATINA S.A.C), con una multa ascendente a 2.25 UIT, por ser responsable de la alteración del Área de Reserva Arqueológica de las Líneas y Geoglifos de Nasca, específicamente, del sector correspondiente a los “Sitios y Paisajes Arqueológicos de Nasca, sector Parcela 3”, ubicados en Pajonal Bajo, distrito y provincia de Nasca-ICA.
Otórguese la calificación de espectáculo público cultural no deportivo, al espectáculo de teatro denominado “LA CARTA QUE NUNCA LE ESCRIBISTE A TU EX”, a realizarse los días 14 y 15 de febrero de 2025 en el Teatro de Lucía, sito en la calle Bellavista 512, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Otórguese la calificación de espectáculo público cultural no deportivo, al espectáculo de folclor nacional denominado “TUNANTADA EN ACHO”, a realizarse el 25 de enero de 2025 en la Plaza de Acho, sito en Jirón Marañón Nº 569 y Jirón Hualgayoc Nº 332, distrito de Rímac, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Otórguese la calificación de espectáculo público cultural no deportivo, al espectáculo de teatro denominado “AMOR DE MARINERA”, a realizarse los días 7 y 8 de febrero de 2025 en el Teatro Peruano Japonés, sito en Gregorio Escobedo Nº 803, distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
APROBAR la Directiva N° 001-2025-OGA-SG/MC “Directiva para la Administración del Fondo Fijo para Caja Chica de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Cultura – Administración General para el año 2025”, la misma que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Determinar, por el plazo de dos años prorrogable por el mismo plazo, la protección provisional del sitio arqueológico Caruya Sector A y B, ubicado en el distrito de Alto Larán, provincia de Chincha, departamento de Ica, de acuerdo a las coordenadas de los planos perimétricos con código PPROV-006-MC_DGPA-DSFL-2025 WGS84 y PPROV-007-MC_DGPA-DSFL-2025 WGS84. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 0039-2024-ADPC-SDPCICI-DDC ICA/MC de fecha 29 de noviembre de 2024, así como en los Informes N° 000097-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000017-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-LMS/MC, y N° 000035-2025-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, y los planos perimétricos con código PPROV-006-MC_DGPA-DSFL-2025 WGS84 y PPROV-007-MC_DGPA-DSFL-2025 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
Determinar la protección provisional del sitio arqueológico Pirca Pirca, ubicado en el distrito de Uchumarca, provincia de Bolívar, departamento de La Libertad, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PPROV-005-MC_DGPA-DSFL-2025 WGS84. Se determina la presente protección provisional por el plazo de dos años prorrogable por el mismo periodo, salvo se identifique afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios, en cuyo caso el plazo máximo para la declaración y delimitación definitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el mismo periodo debidamente sustentado. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 0003-2024-PCPDC-SDDPCICI-LIB MLC/MC de fecha 06 de setiembre de 2024, así como en los Informes N° 000098-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000017-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-DRM/MC, y N° 000036-2025-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código PPROV-005-MC_DGPA-DSFL-2025 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
IMPONER a la Señora Gloria Mamani Quispe, identificada N° 09953671, la sanción administrativa de multa ascendente a 4.5 UIT, por ser responsable de haber ejecutado obras privadas el inmueble ubicado en el Jr. Lino Cornejo N° 269, distrito, provincia y departamento de Lima.
INICIAR de oficio el procedimiento de delimitación del bien inmueble integrante del Patrimonio Cultural de la Nación declarado mediante la Resolución Ministerial N°0928-80-ED de fecha 23 de julio de 1980, ubicado en el Lote 1 de la Mz. H1 del centro poblado de Quiquijana, distrito de Quiquijana, provincia de Quispicanchi, departamento de Cusco; de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa del presente acto de incoación