Resoluciones Directorales
Noviembre 2023
Determinar, por el plazo de dos años prorrogable por el mismo plazo, la protección provisional del paisaje arqueológico “Arte rupestre y geoglifos del sector La Calera”, ubicado en el distrito de Vista Alegre, provincia de Nasca, departamento de Ica, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PPROV-107-MC_DGPA-DSFL-2023 WGS84. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección Nº 002-2023-SDPCICI-DDC ICA/MC de fecha 03 de noviembre de 2023, así como en los Informes N° 001344-2023-DSFL/MC, N° 000175-2023-DSFL-LMS/MC, y N° 000244-2023-DGPA-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código PPROV-107-MC_DGPA-DSFL-2023 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
Determinar la protección provisional del sitio arqueológico Quispimarca, ubicado en el distrito de Anco Huallo, provincia de Chincheros y departamento de Apurímac, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PPROV-108-MC_DGPA-DSFL-2023 WGS84. Se determina la presente protección provisional por el plazo de dos años prorrogable por el mismo periodo, salvo se identifique afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios, en cuyo caso el plazo máximo para la declaración y delimitación definitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el mismo periodo. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 0003-2023-DDC APU-EGC/MC de fecha 24 de julio de 2023, así como en los Informes N° 001343-2023-DSFL/MC, N° 000230-2023-DSFL-NGC/MC, y N° 000243-2023-DGPA-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código PPROV-108-MC_DGPA-DSFL-2023 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
INICIAR de oficio el procedimiento de declaración como Monumento integrante de patrimonio cultural de la Nación, del inmueble ubicado en Jr. Junín Nº 1223, 1225, 1227, Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima, cuyos valores histórico, arquitectónico y urbanístico; sustentan la necesidad de su conservación.
ACEPTAR las solicitudes presentadas, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, de las siguientes personas:
ACEPTAR las solicitudes presentadas, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, por los representantes de las siguientes personas jurídicas:
ACEPTAR la solicitud presentada, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, por el representante de la siguiente organización:
ACEPTAR las solicitudes presentadas, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, por los representantes de las siguientes personas jurídicas:
ACEPTAR las solicitudes presentadas, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, de las siguientes personas:
Declarar IMPROCEDENTE la calificación de espectáculo público cultural no deportivo, al espectáculo denominado “TANIA LIBERTAD ESPECTÁCULO FOLCLOR NACIONAL Y PRESENTACIÓN DE LIBRO “TENGO EL ORGULLO”“, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Reconocer como punto de cultura a la organización denominada “CULBRIS”, ubicada en el Jr. Huáscar N° 102, del distrito y provincia de Pacasmayo, del departamento de La Libertad, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.