Resoluciones Directorales
Diciembre 2023
Emitir la autorización sectorial del proyecto que implicaría trabajos de instalación de suministro de agua potable en espacio público, para el inmueble ubicado en la Av. Almirante Miguel Grau Nº 631-A, Primer Piso, Dpto. 2, del distrito de Barranco, provincia y departamento Lima, conformante de la Zona Monumental de Barranco, presentado por el señor Oscar Alejandro Velezmoro La Torre, con expediente N° 2023-0178327, de acuerdo con lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.
Emitir la autorización sectorial de las siguientes acciones especializadas de mantenimiento: el pintado de muros y techo, mantenimiento de techo (entablado, viguetas), de las teatinas (estructura, marcos, ventanas y piezas de vidrio), de parapeto con sus acabados y detalles, en el techo del Pabellón N° 9, en el marco de lo dispuesto en el artículo 28-A-2° del Reglamento de la Ley N° 28296, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2006-ED y modificado por Decreto Supremo N° 007-2020-MC, a ser ejecutadas en el techo del Pabellón N° 9 – Edificio de Hospitalización, del Hospital Víctor Larco Herrera, distrito de Magdalena del Mar, provincia y departamento de Lima, conforme a los siguientes planos presentados por la señora Elizabeth Rivera Chávez, en calidad de Directora General Hospital Víctor Larco Herrera, con expedientes: N° 188635-2023 y N° 67476-2023: Plano techo estado actual – G-02 - Plano de áreas de intervención – G-03 - Plano de intervención Pabellón 9 – INT-01 - Plano de Zona 1 – INT-02 - Plano de Zona 2 – INT-03 - Plano de Zona 3 – INT-04 - Plano de Zona 4 – INT-05 - Plano de Teatina 01 y 10 – INT-06 - Plano de Teatina 02 y 09 – INT-07 - Plano de Teatina 03 y 08 – INT-08 - Plano de Teatina 04 y 07 – INT-09 - Plano de Teatina 05 – INT-10 - Plano de Detalle – D-01 - Plano de Detalle – D-03 - Plano de Detalle – D-04, de acuerdo con lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.
RECTIFICAR, con efecto retroactivo, los errores materiales advertidos en la parte considerativa y resolutiva de la Resolución Directoral N° 000161-2022-DGDP/MC de fecha 06 de diciembre de 2023 (páginas 10 y 11), respecto a la valoración cultural de la Zona Monumental del Rímac, al haberse señalado por error, “090 UIT”, cuando lo correcto es “0.90 UIT, permaneciendo inalterable los demás extremos de dicha resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la calificación de espectáculo público cultural no deportivo, al espectáculo denominado “GIAN MARCO 360°”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
ACEPTAR las solicitudes presentadas, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, de las siguientes personas:
ACEPTAR las solicitudes presentadas, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, de las siguientes personas:
ACEPTAR la solicitud presentada, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, por el representante de la siguiente organización:
DEJAR SIN EFECTO la declaración de beneficiario del ‘Concurso Nacional de Proyectos de Animación – 2023’, a favor de AMBIRO PRODUCCIONES E.I.R.L., establecida en la Resolución Directoral Nº 001165-2023DGIA/MC, del 17 de octubre del 2023.
Aprobar a cuadragésima sexta modificación del Plan Anual de Contrataciones (PAC) de la Unidad Ejecutora 001: Administración General del Pliego 003: Ministerio de Cultura, correspondiente al Año Fiscal 2023, a fin de incluir 01 (un) procedimiento de selección de igual manera se está considerando excluir 01 (un) procedimiento de selección que se encuentran en los Anexos adjuntos y forman parte integrante de la presente Resolución, conforme a los considerandos expuestos.
IMPONER la sanción administrativa ascendente a 3 UIT contra la CONSTRUCTORA JINGEC EMPRESA INDIVIDUAL RESPONSABILIDAD LIMITADA, por ser responsable de la alteración GRAVE, no autorizada por el Ministerio de Cultura, al Paisaje Arqueológico Terrazas de Cerro Pucara; infracción administrativa prevista en el literal e) del numeral 49.1 del Art. 49° de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, que le fue imputada en la Resolución Subdirectoral N° 000009-2023-SDDPCICI DDCPUN/MC de fecha 05 de mayo de 2023 y ampliada mediante la Resolución Subdirectoral N° 000016-2023-SDDPCICI DDCPUN/MC de fecha 11 de agosto de 2023.