Resoluciones Directorales
Febrero 2025
Reconocer como punto de cultura a la organización con personería jurídica denominada “INSTITUCIÓN CULTURAL HATARY WANKA”, ubicada en el jirón Lima 700, del distrito y provincia de Huancayo, del departamento de Junín; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Denegar el reconocimiento como punto de cultura a la organización sin personería jurídica denominada “EL WECCO COMUNIDAD”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Denegar el reconocimiento como punto de cultura a la organización sin personería jurídica denominada “ASOCIACIÓN CULTURAL SENTIR PERÚ - TALARA”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Denegar el reconocimiento como punto de cultura a la organización sin personería jurídica denominada “BAZAR CULTUREL”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARCHIVAR el procedimiento administrativo sancionador instaurado mediante la Resolución Subdirectoral N° 000007-2024-SDDPCICI DDCPUN/MC del 23 de mayo del 2024, seguido contra la administrada Petronila Hañari Figueroa Viuda de Tito.
ARCHIVAR el procedimiento administrativo sancionador instaurado mediante la Resolución Subdirectoral N° 000007-2024-SDDPCICI DDCPUN/MC del 23 de mayo del 2024, seguido contra la administrada Petronila Hañari Figueroa Viuda de Tito.
Otórguese la calificación de espectáculo público cultural no deportivo, al espectáculo de música clásica denominado “AMADEUS” a desarrollarse el día 21 de febrero de 2025, en el Gran Teatro Nacional, sito en avenida Javier Prado Este N° 2225, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Reconocer como punto de cultura a la organización sin personería jurídica denominada “VENTANILLA ES TODO”, ubicada en la calle Manco Cápac, manzana G3 lote 16 asentamiento humano Defensores de la Patria del distrito de Ventanilla, de la provincia constitucional del Callao; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Denegar el reconocimiento como punto de cultura a la organización sin personería jurídica denominada “MICROHISTORIAS TRUJILLO”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Denegar el reconocimiento como punto de cultura a la organización sin personería jurídica denominada “CAMILA Y SU AGRUPACIÒN LOS HAYNAS DEL PERÚ”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
