Resoluciones Directorales
Junio 2024
SANCIONAR a la empresa INMOBILIARIA ORIHUELA CONSTRUCTORES SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA – IOC S.AC, identificada con RUC N° 20557651030 e inscrita en la Partida Electrónica N° 13203959 de Lima, con una sanción de multa ascendente a 0.25 UIT, por ser responsable de una obra privada, no autorizada por el Ministerio de Cultura, ejecutada en el Monumento histórico ubicado en el Jr. Conde de Superunda N° 315, del distrito, provincia y departamento de Lima.
APROBAR la baja física y contable por la causal de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos – RAEE de mil ciento treinta y nueve (1,139) bienes muebles patrimoniales de propiedad del Ministerio de Cultura, ubicados en la Sede Central (939 bienes), en el Museo Nacional de Arqueología, Antropología e Historia del Perú (98 bienes), en las Direcciones Desconcentradas de Cultura de Tumbes (07 bienes), Loreto (14 bienes), Amazonas (11 bienes), Arequipa (54 bienes) y Tacna (16 bienes), cuyas denominaciones, detalle técnico, códigos patrimoniales, las cuentas y los valores contables se encuentran descritos en los Anexos 01, 02, 03, 04, 5, 06 y 07, los mismos que forman parte integrante de la presente Resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, a fin de excluir de los registros patrimoniales y contables del Ministerio de Cultura.
Declarar IMPROCEDENTE el recurso de reconsideración presentado por Koala Producciones S.A. contra la Resolución Directoral Nº 471-2024-DGIA-VMPCIC/MC, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
DEJAR SIN EFECTO el extremo de la Resolución Directoral N° 000292-2024-DGIA-VMPCIC/MC que declara a la editorial SANTA MARIA RUIZ, CARLOS ALFREDO como beneficiaria en la convocatoria de los estands colectivos La Independiente 2024, que incluye la participación en: «La Independiente. Estand colectivo en la Feria Internacional del Libro de Ica», «La Independiente. Estand colectivo en la Feria Internacional del Libro de Huancayo», «La Independiente. Estand colectivo en la Feria Internacional del Libro de Lima», «La Independiente. Estand colectivo en la Feria del Libro de Cajamarca» y «La Independiente. Estand colectivo en la Feria del Libro Ricardo Palma».
Denegar el reconocimiento como punto de cultura a la organización sin personería jurídica denominada “AGRUPACIÓN CULTURAL JUVENTUD KALLPARY CORACORA”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
ACEPTAR las solicitudes presentadas, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, por los representantes de las siguientes personas jurídicas:
ACEPTAR las solicitudes presentadas, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, de las siguientes personas:
ACEPTAR las solicitudes presentadas, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, por los representantes de las siguientes organizaciones:
ACEPTAR las solicitudes presentadas, para su inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes – RENTOCA, de las siguientes personas:
Aceptar el desistimiento de la solicitud de calificación como espectáculo público cultural no deportivo, del espectáculo denominado “FLORESCENCIA” presentado por la señora Silvia Cristina Cuevas Calle, en consecuencia, se da por concluido el procedimiento de calificación como espectáculo público cultural no deportivo seguido con el Expediente N° 0078740-2024/MC, conforme a las consideraciones señaladas en la presente resolución.