Resoluciones Directorales
Junio 2018
Regístrese y reconózcase como Punto de Cultura a la organización denominada “Asociación Cultural Yrapakatun”, con sede en la ciudad de Loreto, sitio en Calle Venecia Mz D, Lote 5, Caserío Santo Tomás, Maynas, Loreto, asignándosele el Registro N° 307, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución
Otórguese la calificación como espectáculo público cultural no deportivo al espectáculo de teatro denominado ‘Desde mi pecera – Fantasía teatral animada para adultos’, a realizarse del 6 al 22 de julio de 2018 en el Teatro Ensamble, sito en Av. Bolognesi N° 397, distrito de Barranco, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución, y por una vigencia de seis (6) meses, contados desde la fecha del espectáculo.
Otórguese la calificación como espectáculo público cultural no deportivo al espectáculo de folclore nacional denominado ‘Lalo Arroyo- Sincerando’, a realizarse el día 14 de junio de 2018, en el Auditorio Mario Vargas Llosa de la Biblioteca Nacional, sito en Av. De La Poesía N° 164, distrito de San Borja, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución, y por una vigencia de seis (6) meses, contados desde la fecha del espectáculo.
Otórguese la calificación como espectáculo público cultural no deportivo al espectáculo de música clásica denominado ‘Ana Netrebko y Yusif Eyvazov’, a realizarse el 9 de agosto de 2018, en el Gran Teatro Nacional, sito en Av. Javier Prado Este N° 2225, distrito de San Borja, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución, y por una vigencia de seis (6) meses, contados desde la fecha del espectáculo.
Otórguese la calificación como espectáculo público cultural no deportivo al espectáculo de música clásica denominado ‘Concierto a Beneficio del CEP Nuestra Señora de la Luz’, a realizarse el 13 de junio de 2018, en el Auditorio del Colegio Santa Ursula, sito en Av. Santo Toribio N° 150, distrito de San Isidro, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución, y por una vigencia de seis (6) meses, contados desde la fecha del espectáculo.
Otórguese la calificación como espectáculo público cultural no deportivo al espectáculo de teatro denominado ‘Sobre la tierra’, a realizarse del 12 de junio al 8 de julio de 2018 en el Teatro de Lucía, sito en Av. Bellavista N° 512, distrito de Miraflores, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución, y por una vigencia de seis (6) meses, contados desde la fecha del espectáculo.
Otórguese la calificación como espectáculo público cultural no deportivo al espectáculo de teatro denominado ‘La era del Rock’, a realizarse del 25 de junio al 26 de agosto de 2018, en el Teatro Mario Vargas Llosa, sito en Av. De la Poesía N° 160, distrito de San Borja, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución, y por una vigencia de seis (6) meses, contados desde la fecha del espectáculo.
Otórguese, por dos (2) años renovables a partir del 11 de junio de 2018, la prórroga al reconocimiento como Asociación Cultural de la asociación denominada ‘Asociación cultural del Centro de Estudios y Publicaciones’, con sede en la ciudad de Lima, sito en Jr. Belisario Flores N° 681, distrito de Lince, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Otórguese, por dos (2) años renovables a partir del 11 de junio de 2018, la prórroga al reconocimiento como Asociación Cultural de la asociación denominada ‘Asociación Civil Patronato Amigos del Ballet Municipal’, con sede en la ciudad de Lima, sito en Jr. Huáscar N° 2082, distrito de Jesús María, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por VENTURA HERMANOS SRL., representada por su Gerente General, Santiago José Queirolo Targarona, contra la Resolución Directoral SS001-2018/DPHI/DGPC/VMPCIC/MC de 14 de marzo de 2018, que declaró improcedente la solicitud de acumulación de expedientes administrativos N° 033092-2013, N° 033094-2013, N° 011318-2014, N° 011319-2014, y otros, presentados por la empresa Inmobiliaria La Edilicia S.A, y Agrícola Santiago Queirolo S.A.C. y declarar improcedente la acumulación de predios, respecto al inmueble ubicado en calle Rosa Toledo N° 253,255,261,263 con el inmueble ubicado en Av. San Martín N° 1018-1026, distrito de Pueblo Libre, provincia y departamento de Lima; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución, dándose por agotada la vía administrativa.