Resoluciones Directorales
Agosto 2019
Determinar la Protección Provisional del “Sitio Arqueológico Jancao”, ubicado en el distrito de Amarilis de la provincia y departamento de Huánuco. Las especificaciones de la presente determinación de Protección Provisional se encuentran indicadas en el Informe Técnico de Inspección N° 002-2019-RPN-DDCHCO-MC, el Informe N° 000018-2019-RPN/DDC HCO/MC, el Informe N° D000174-2019-DSFL/MC que adjunta el Informe N° D000022-2019-DSFL-MDR/MC y el Informe Nº 0010-2019-MDQ/DGPA/VMPCIC/MC, los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma.
Determinar la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Cerro Prieto, ubicado en el distrito de Salas Guadalupe de la provincia y departamento de Ica. Las especificaciones de la presente determinación de Protección Provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 02-2019-ADPC-SDPCICI-DDC ICA/MC de fecha 07 de junio de 2019, Informe N° D000126-2019-DSFL/MC, Informe N° D000014-2019-DSFL-MDR/MC, en el Informe Nº 0009-2019-MDQ/DGPA/VMPCIC/MC y en el Plano Perimétrico con código de plano: PP-086-MC-DGPA-DSFL-2016 WGS84, los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma.
Consígnese la siguiente relación de postulaciones como aptas para la evaluación y calificación del jurado del ‘Concurso Nacional de Proyectos de Largometraje de Ficción exclusivo para las regiones del país (excepto para Lima Metropolitana y Callao) – 2019’:
EMITIR la autorización sectorial requerida para el otorgamiento de licencia de funcionamiento para ejercer actividades de Oficinas Administrativas de servicios comerciales, en el establecimiento ubicado en avenida Colina N° 100, departamento A, segundo piso, distrito de Barranco, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución
MODIFICAR el cuarto párrafo de la parte considerativa de la Resolución Directoral D000035-2019-DPHI/MC de fecha 12 de julio de 2019, en relación a la dirección “Av. Almirante Miguel Grau N° 360, distrito de Barranco, provincia y departamento de Lima” debiendo ser lo correcto “Jr. De la Unión N° 1030, distrito, provincia y departamento de Lima”; el párrafo quedará redactado con el texto siguiente:
Que, se concluye que el establecimiento ubicado en Jr. De la Unión N° 1030, distrito, provincia y departamento de Lima, se encuentra apto para ejercer la actividad señalada, de conformidad con lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 006-2013-PCM, que aprueba la relación de autorizaciones sectoriales de las Entidades del Poder Ejecutivo, que deben ser exigidas como requisito previo para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento, de acuerdo a la Ley Nº 28976, “Ley Marco de Licencia de Funcionamiento”.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el señor Isidro Malca Santa Cruz contra la Resolución Directoral N° D000010-2019-DPHI/MC del 29 de mayo del 2019, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución, dándose por agotada la vía administrativa.
Desígnese como miembros titulares del Jurado del “Concurso Nacional de Desarrollo de Proyectos de Largometraje– 2019”, a las siguientes personas:
Consígnese la siguiente relación de postulaciones como aptas para el “Concurso Nacional de Desarrollo de Proyectos de Largometraje– 2019”, así como para la evaluación del Jurado:
Disponer el levantamiento de la medida preventiva de protección provisional de incautación establecida mediante Resolución Directoral N° 900030-2018/DGM/VMPCIC/MC de fecha 10 de agosto de 2018, a once (11) ammonites.
Otorgar a la Dirección de Gestión, Registro y Catalogación de Bienes Culturales Muebles, la prórroga solicitada prevista en el inciso 100.1 del artículo 100° del Decreto Supremo N° 007-2017-MC.

