Resoluciones Directorales
Julio 2021
ACEPTAR con eficacia anticipada al 24 de setiembre
de 2020, el desistimiento formulado por el señor Edgar Daniel Peña Correa, a la
postulación como persona natural en representación del Colectivo Cultural
Sofocando, con código L4-IA-05915-20, en consecuencia, declarar su exclusión
del listado de postulantes aptos aprobados contenidos en el Artículo Primero de
la Resolución Directoral N° 000514-2020-DGIA/MC de fecha 02 de noviembre
de 2020.
Desígnese como miembros del Jurado del “Concurso de Proyectos de Festivales, Festividades y Ferias de las Artes” a las siguientes personas:
Declarar la caducidad y, en consecuencia, el archivo del procedimiento administrativo sancionador instaurado mediante la Resolución Sub Directoral N° D000037-2019-SDDPCDPC/MC de fecha 04 de abril de 2019, seguido contra el Arzobispado del Cusco y la Municipalidad Distrital de San Sebastián, ´por las consideraciones expuestas en la presente resolución.
Determinar, por el plazo de dos años prorrogable por el mismo plazo, la protección provisional del sitio arqueológico Cerro Tortolita, ubicado en el distrito de San José de los Molinos, provincia y departamento de Ica, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PP-01. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 007-2021-ADPC-SDPCICI-DDC ICA/MC de fecha 08 de junio de 2021, así como en los Informes N° 000428-2021-DSFL/MC, N° 000050-2021-DSFL-MMP/MC, y Nº 000107-2021-DGPA-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código PP-01, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
Desígnese como miembros del Jurado del “Concurso nacional de proyectos para el apoyo a la producción editorial peruana” a las siguientes personas:
Declárese como beneficiario del “Estímulo a la Formación Audiovisual - 2021”, a la siguiente Persona Natural:
Declárese como beneficiaria del “Estímulo a la Formación Audiovisual - 2021”, a la siguiente Persona Natural:
Denegar el reconocimiento como Punto de Cultura a la
organización denominada “GRUPO MULTIARTE SAN MIGUEL - LIMA”, por las
razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Denegar el reconocimiento como Punto de Cultura a la
organización denominada “FRATERNIDAD CULTURAL FLAMEANTES PERÚ”, por las
razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Denegar el reconocimiento como Punto de Cultura a la
organización denominada “COLECTIVO PUNCHE”, por las razones expuestas en la
parte considerativa de la presente Resolución.
