Resoluciones Directorales
Julio 2018
Otórguese la calificación como espectáculo público cultural no deportivo al espectáculo de ballet denominado ‘Ballet Nacional de Ucrania’, a realizarse los días 18 y 19 de agosto de 2018, en el Gran Teatro Nacional, sito en Av. Javier Prado Este N° 2225, distrito de San Borja, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución, y por una vigencia de seis (6) meses, contados desde la fecha del espectáculo.
Otórguese la calificación como espectáculo público cultural no deportivo al espectáculo de folclor nacional denominado ‘11vo. Festival Internacional de Cajón y Percusión Rafael Santa Cruz’, a realizarse del 27 al 30 de setiembre de 2018 en el Gran Teatro Nacional, sito en Av. Javier Prado Este N° 2225, distrito de San Borja, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución, y por una vigencia de seis (6) meses, contados desde la fecha del espectáculo.
Otórguese la calificación como espectáculo público cultural no deportivo al espectáculo de folclore internacional denominado ‘Majún- Juntos’, a realizarse el día 4 de agosto de 2018, en el Auditorio del Colegio Santa Ursula, sito en Av. Santo Toribio N° 1143 distrito de San Isidro, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución, y por una vigencia de seis (6) meses, contados desde la fecha del espectáculo.
Otórguese la calificación como espectáculo público cultural no deportivo al espectáculo de teatro denominado ‘Sirena y pesebres’, que se desarrollará del 11 de agosto al 7 de octubre de 2018 en el Centro Cultural el Olivar, sito en la calle La República N° 455, distrito de San Isidro, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución, y por una vigencia de seis (6) meses, contados desde la fecha del espectáculo.
Otórguese la calificación como espectáculo público cultural no deportivo al espectáculo de teatro denominado ‘Ligia’, que se desarrollará del 4 de agosto al 22 de setiembre de 2018, en el Teatro de Lucía, sito en Jr. Bellavista N° 512, distrito de Miraflores, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución, y por una vigencia de seis (6) meses, contados desde la fecha del espectáculo.
Designar temporalmente las funciones como Director de Programa Sectorial III de la Zona Arqueológica y Museo de Sitio Huallamarca, a la señora Bertha Miriam Herrera Mejia, en adición a las funciones establecidas en el Contrato Administrativo de Servicios N° 180-2017-MC desde el 30 de julio hasta el 13 de agosto del año en curso, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
Archivar el procedimiento sancionador iniciado contra las empresas Arte Express y Compañía SAC, Supermercados Peruanos SA (plaza Vea), INRETAIL Perú Corp e IR Management SRL, por las presuntas afectaciones realizadas en el Monumento integrante del Patrimonio Cultural ubicado en la Av. Nicolás de Piérola N° 476, 482, 486, 492 esquina con Av. Tacna N° 708, 718, 722 y Pasaje Coronel Inclán N° 137, 143, 147, 151 del distrito, provincia y departamento de Lima, afectación establecida en los literales e) y f) del numeral 49.1 del artículo 49° de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, conforme a los fundamentos expuestos.
Déjese sin efecto parcialmente la Resolución Directoral N° 900137-2018/DGIA/VMPCIC/MC de fecha 19 de julio de 2018, únicamente en el extremo que designa como miembro suplente del Jurado del ‘Concurso Nacional de Proyectos de Distribución de Largometraje – 2018’ a la señora Cecilia Patricia Gómez de la Torre Miranda, distribuidora cinematográfica.
APROBAR la propuesta de aviso publicitario en el establecimiento ubicado en Av. Miguel Grau Nº 941, distrito de Barranco, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
ACUMULAR los expedientes Nº 022815-2017, Nº 045264-2017, Nº 4561-2018, Nº 06372-2018, Nº 092564-2018, Nº 96627-2018, referentes al procedimiento de aplicación del Régimen de Excepción Temporal dispuesto en la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1255, respecto a las obras inconsultas ejecutadas en el inmueble ubicado en Av. Paz Soldán Nº 290, 260, 240, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 125º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, “Ley del Procedimiento Administrativo General”, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS.