Resoluciones Directorales
Noviembre 2019
Otórguese por dos (2) años renovables desde la emisión de la presente Resolución, la prórroga de reconocimiento como asociación cultural a la ‘Asociación Civil Modart Perú’, con sede en la ciudad de Lima, sito en Av. 28 de julio N° 820, distrito de Miraflores, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Declarar como ganadoras del “Premio Nacional de Literatura, edición 2019”, en las categorías “Cuento”, “Poesía” y “Literatura Infantil y Juvenil”, en base a lo establecido en las Actas de Evaluación del Jurado de cada categoría, a las siguientes obras:
Declárese como beneficiaria del “Estímulo a la Promoción Internacional – 2019”, a la siguiente Persona Natural:
Declárese como beneficiaria del “Estímulo a la Promoción Internacional – 2019”, a la siguiente Persona Natural:
Declárese como beneficiaria del “Estímulo a la Promoción Internacional – 2019”, a la siguiente Persona Natural:
ACEPTAR el desistimiento del procedimiento referido a la solicitud de acogimiento al régimen de excepción temporal dispuesto en la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N° 1255, del inmueble ubicado en Jr. De la Unión Nº 1098, distrito, provincia y departamento de Lima.
ACEPTAR el desistimiento del procedimiento referido a la solicitud de acogimiento al régimen de excepción temporal dispuesto en la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N° 1255, del inmueble ubicado en Av. Grau N° 689, 691, 693, 695 esquina Jr. Martínez de Pinillos Nº 101, 103, 105, distrito de Barranco, provincia y departamento de Lima
Declárese como beneficiarios del “Concurso de Proyecto de Equipamiento para Puntos de Cultura”, en base a lo establecido en el acta de evaluación del mismo Concurso, a los siguientes proyectos:
Declárese como beneficiarios del “Concurso de Proyectos de Acciones Públicas para Puntos de Cultura”, en base a lo establecido en el acta de evaluación del mismo Concurso, a los siguientes proyectos:
Rectifíquese el error material incurrido en el Artículo 2, de la Resolución Directoral N° D000390-2019-DGIA/MC, según lo siguiente: