Resoluciones Directorales
Noviembre 2024
ARCHIVAR el procedimiento administrativo sancionador instaurado mediante la Resolución Subdirectoral N° 000007-2024-SDPCICI-DDC CALLAO/MC de fecha 23 de setiembre de 2024, contra los Sres. Marisol Abregu Auqui, Boticas IP S.A.C e Inretail Pharma S.A, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Determinar la protección provisional del sitio arqueológico Solano Ucro, ubicado en el distrito de Molino, provincia de Pachitea, departamento de Huánuco, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PP-03. Se determina la presente protección provisional por el plazo de dos años prorrogable por el mismo periodo, salvo se identifique afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios, en cuyo caso el plazo máximo para la declaración y delimitación definitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el mismo periodo. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° _006-2024-AAU_DDC-HCO-MC de fecha 04 de noviembre de 2024, así como en los Informes N° 0001188-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000215-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-LMS/MC, y N° 000209-2024-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código PP-03, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
Determinar la protección provisional del sitio arqueológico Yaulis, ubicado en el distrito del Carmen, provincia de Churcampa, departamento de Huancavelica, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código N° PPROV-077-MC_DGPA-DSFL-2024 WGS84. Se determina la presente protección provisional por el plazo de dos años prorrogable por el mismo periodo, salvo se identifique afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios, en cuyo caso el plazo máximo para la declaración y delimitación definitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el mismo periodo. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 015-2024-SDPCICI-JCSM/MC de fecha 30 de setiembre de 2024, así como en los Informes N° 0001185-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000214-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-LMS/MC, y N° 000208-2024-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código N° PPROV-077-MC_DGPA-DSFL-2024 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
Determinar, por el plazo de dos años prorrogable por el mismo plazo, la protección provisional de los sitios y paisajes arqueológicos de Nazca Sector Parcela 3, ubicado en el distrito y provincia de Nazca, departamento de Ica, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PPROV-044-MC_DGPA-DSFL-2021 WGS84. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 001-2021-DDC ICA/SGNP-JIC/MC de fecha 15 de mayo de 2021, así como en los Informes N° 001195-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000236-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-NGC/MC, y N° 000207-2024-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código PPROV-044-MC_DGPA-DSFL-2021 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
DECLARAR la CADUCIDAD y, en consecuencia, el archivo del procedimiento administrativo sancionador instaurado mediante la Resolución Directoral N° 000001-2023-DCS/MC de fecha 04 de enero de 2023, seguido contra el señor Miguel Ángel Minaya Calero y la Comunidad Campesina de Oyon, por las razones expuestas en los considerandos de la presente resolución.
Determinar, por el plazo de dos años prorrogable por el mismo plazo, la protección provisional del sitio arqueológico Huaca Quiñonez, ubicado en el distrito de Oyotún, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PPROV-032-MC_DGPA-DSFL-2021 WGS84. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 001-2024-JCH-MTRS-UE005NAYLAMP-LAMBAYEQUE-MC de fecha 17 de junio de 2024, así como en los Informes N° 001110-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000190-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-MDR/MC, y N° 000186-2024-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, y el plano perimétrico con código PPROV-032-MC_DGPA-DSFL-2021 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
ARCHIVAR el procedimiento administrativo sancionador seguido contra el señor Arturo Adolfo Alfonso Silva Espinoza y la señora Romy Alexandra Jacinta Silva Espinoza instaurado mediante Resolución Sub Directoral N°000011-2024-SDPCICI-DDC ICA/MC, del 19 de junio de 2024, por las razones expuestas en los considerandos de la presente resolución.
Determinar la protección provisional del paisaje arqueológico Suytu Lliwa, ubicado en el distrito de Vischongo, provincia de Vilcas Huamán, departamento de Ayacucho, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PP-18-2024-DDC-AYA/MC-WGS84. Se determina la presente protección provisional por el plazo de dos años prorrogable por el mismo periodo, salvo se identifique afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios, en cuyo caso el plazo máximo para la declaración y delimitación definitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el mismo periodo. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 0017-2024-DDC-AYA-POP/MC de fecha 05 de agosto de 2024, así como en los Informes N° 001148-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000231-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-NGC/MC, y N° 000205-2024-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código PP-18-2024-DDC-AYA/MC-WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
Determinar, por el plazo de dos años prorrogable por el mismo plazo, la protección provisional del sitio arqueológico Montesierpe-Cerro Viruela 2 ubicado en el distrito de Humay, provincia de Pisco, departamento de Ica, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PPROV-068-MC_DGPA-DSFL-2024 WGS84. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 025-2024-SDPCICI-DDC ICA/MC de fecha 13 de agosto de 2024, así como en los Informes N° 001144-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000205-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-LMS/MC, y N° 000204-2024-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, y el plano perimétrico con código PPROV-068-MC_DGPA-DSFL-2024 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.
Determinar, por el plazo de dos años prorrogable por el mismo plazo, la protección provisional del paisaje arqueológico Geoglifos de Montesierpe–Cerro Viruela Sector I ubicado en el distrito de Humay, provincia de Pisco, departamento de Ica, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PPROV-067-MC_DGPA-DSFL2024 WGS84. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 025-2024-SDPCICI-DDC ICA/MC de fecha 13 de agosto de 2024, así como en los Informes N° 001144-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, N° 000205-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-LMS/MC, y N° 000203-2024-DGPA-VMPCIC-ARD/MC, y el plano perimétrico con código PPROV-067-MC_DGPA-DSFL2024 WGS84, los cuales se adjuntan como anexo de la presente resolución directoral y forman parte integrante de la misma.