Resoluciones Directorales
Julio 2020
Determinar la protección provisional del Sitio Arqueológico “Ccaccaccollo”, ubicado en el distrito de Taray, provincia de Calca, departamento de Cusco, de acuerdo a lo indicado en el Informe Nº 000072-2020-DSFL-JER/MC, concordante con los datos del Plano Perimétrico elaborado por la Dirección Desconcentrada de Cultura Cusco (Lámina P-01). Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección Nº 001-2020-CZSACC-CGM-DDC CUS/MC, así como en los Informes Nº 000072-2020-DSFL-JER/MC, Nº 000369-2020-DSFL/MC, y Nº 000152-2020-DGPA-LRS/MC, y en el Plano Perimétrico signado como Lámina P-01, los cuales se adjuntan como anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma.
Determinar la protección provisional del Sitio Arqueológico “Antaraqay”, ubicado en el distrito y provincia de Calca, departamento de Cusco, de acuerdo a lo indicado en el Informe Nº 000070-2020-DSFL-JER/MC, concordante con los datos del Plano Perimétrico elaborado por la Dirección Desconcentrada de Cultura Cusco (Lámina P-01). Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección Nº 003-2020-CZSACC-CGM-DDC CUS/MC, así como en los Informes Nº 000070-2020-DSFL-JER/MC, Nº 000365-2020-DSFL/MC, y Nº 000151-2020-DGPA-LRS/MC, y en el Plano Perimétrico signado como Lámina P-01, los cuales se adjuntan como anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma.
Prorrogar el plazo de la determinación de la protección provisional del Sitio Arqueológico “Cochahuasi sectores 1 y 2”, ubicado en el distrito de Calango, provincia de Cañete, departamento de Lima, por el término de un año adicional al concedido mediante la Resolución Directoral Nº 298-2019/DGPA/VMPCIC/MC, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” con fecha 26 de julio de 2019, anexando a la presente resolución el Informe Nº 000376-2020-DSFL/MC y el Informe Nº 000155-2020-DGPA-LRS/MC, para conocimiento y fines pertinentes.
Consígnese la siguiente relación de postulaciones como aptas para el “Concurso Nacional de Coproducciones Minoritarias – 2020”, así como para la evaluación del Jurado:
Aprobar las especificaciones técnicas de cinco (5) inversiones de optimización y reposición, que se detallan en el anexo adjunto, que integra la Resolución, autorizando su ejecución, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución.
Otórguese calificación de espectáculo público cultural no
deportivo, al espectáculo de teatro denominado “Stand Up Comedy – Edición post
cuarentena”, a realizarse los días 25 de julio y 1, 8 y 15 de agosto de 2020, el cual
será transmitido al público vía plataforma virtual www.ccpucpencasa.com, por las
razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Otórguese calificación de espectáculo público cultural no
deportivo, al espectáculo de teatro denominado “¿Somos libres? Cuentos para la
Independencia”, a realizarse los días 28 y 29 de julio del 2020, vía plataforma virtual
de Teleticket Play (TLK PLAY), eventos en vivo https://teleticket.com.pe/play, por las
razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.
Otórguese calificación de espectáculo público cultural no
deportivo al espectáculo de teatro denominado “Morir Cantando”, a realizarse los días
viernes y sábado del 24 de julio al 29 de agosto de 2020, en doce (12) funciones y
transmitido al público vía plataforma virtual “Zoom”; por las razones expuestas en la
parte considerativa de la presente Resolución.
Determinar la protección provisional del Sitio Arqueológico “Pincullunca”, ubicado en distrito de Lares, provincia de Calca, departamento de Cusco, de acuerdo a lo indicado en el Informe Nº 000069-2020-DSFL-JER/MC, concordante con los datos del Plano Perimétrico elaborado por la Dirección Desconcentrada de Cultura Cusco (Lámina P-01). Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección Nº 002-2020-CZSACC-CGM-DDC CUS/MC, así como en los Informes Nº 000069-2020-DSFL-JER/MC, Nº 000356-2020-DSFL/MC, y Nº 000148-2020-DGPA-LRS/MC, y en el Plano Perimétrico signado como Lámina P-01, los cuales se adjuntan como anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma.
Ratifíquese el reconocimiento como Punto de Cultura otorgado en
el marco de la Directiva N° 005-2012/MC, por adecuarse al marco de la Ley N° 30487,
Ley de Promoción de los Puntos de Cultura, su reglamento y la Directiva N° 001-2019-
MC, y dispóngase su inscripción en el Registro Nacional de Puntos de Cultura, a las
siguientes organizaciones culturales: